Información y documentación
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Requisitos
Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Requisitos generales recogidos en las bases generales por las que se rigen las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
- Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de algunas de las titulaciones que se indican a continuación:
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Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (ciclo formativo de Grado Medio, rama sanitaria) o
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Formación profesional de Primer Grado, en su rama sanitaria.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación conforme a la regulación que resulte de aplicación.
- Cumplimentar en la solicitud de participación en este proceso selectivo el autobaremo de méritos, en el que harán constar la experiencia profesional, la formación y la superación de ejercicios. La no cumplimentación del autobaremo de méritos durante el plazo de presentación de solicitudes conllevará la asignación de 0 puntos.
- Las personas aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad, además de reunir los requisitos generales exigidos en el apartado anterior, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera, debiendo acreditar esta circunstancia una vez superado el proceso selectivo.
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Documentación
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Normativa
- Orden 2729/2022, 24 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a la categoría profesional de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (Grupo IV, Nivel 3, Área D) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOCM nº 301, de 19 de diciembre)
- Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.(BOCM nº 79, de 3 de abril).
- Decreto 30/2022, de 25 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la oferta de empleo público de personal de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid para el año 2022 (BOCM nº 127, de 30 de mayo).
- Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOE nº 312, de 29 de diciembre).
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Tramitación
Presenta la solicitud
Pasos para presentar la solicitud
Consulta el estado y evolución
Calendario de actuaciones
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17/09/2026
Lista de superación del proceso selectivo
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24/06/2026
Nota informativa
Se deja sin efecto los requerimientos de documentación mediante notificación individual a las personas aspirantes del listado definitivo de admitidos modificado, del cupo de discapacidad con número de orden 765, 770 y 801, al haber sido requeridas anteriormente a través del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 29 de abril de 2026.
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08/06/2026
Nota informativa
Se deja sin efecto los requerimientos de documentación mediante notificación individual a las personas aspirantes del listado definitivo de admitidos modificado, del cupo de discapacidad con número de orden 625, 649, 662 y 664, al haber sido requeridas anteriormente conforme al listado de admitidos definitivos antes de su corrección de errores de fecha 14 de mayo de 2025.
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08/06/2026
Nota informativa
Se han realizado nuevos requerimientos de documentación mediante notificación individual a las personas aspirantes del listado definitivo de admitidos modificado, del cupo de discapacidad con número de orden 765, 770 y 801, concediéndoles un plazo de diez días (10) hábiles, contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación, para la presentación de la acreditación de los méritos que hubieran sido por ellos alegados en la autobaremación formulada en su solicitud de participación.
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28/05/2026
Nota informativa
Se han realizado nuevos requerimientos de documentación mediante notificación individual a las personas aspirantes del listado definitivo de admitidos modificado del cupo de discapacidad con número de orden 625, 649, 662 y 664, concediéndoles un plazo de diez días (10) hábiles, contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación, para la presentación de la acreditación de los méritos que hubieran sido por ellos alegados en la autobaremación formulada en su solicitud de participación.
Contacto y ayuda
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Hacienda y Función Pública
- Dirección General de Función Pública
Última actualización: 17/09/2026