Descripción
-
ReferenciaE769
-
Descripción
Pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Auxiliar (Grupo IV, Nivel 3, Área B) de la Comunidad de Madrid.
-
TasaRequiere el pago de tasas
-
BOCM de la convocatoria
-
Número de plazas convocadas6
-
Plazas convocadas
6 plazas de turno libre.
-
Forma de acceso
Acceso libre
-
TitulaciónGraduado en Educación Secundaria Obligatoria, FP I o Formación Profesional de Grado Medio
-
Sistema de selección
Concurso-oposición
-
Más información
Calendario de actuaciones
-
19/12/2024Resolución del proceso selectivo
-
11/09/2024Resolución del proceso selectivo
Se abre plazo de acreditación de requisitos y elección de plaza del 9 de septiembre al 4 de octubre de 2024.
La presentación de la acreditación de requisitos y elección de plaza se realizará mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
-
10/07/2023Lista definitiva de aprobados. Se abre plazo de presentación de recurso de alzada del 10 de julio al 7 de agosto de 2023
-
23/06/2023Lista provisional de valoración de méritos en la fase de concurso. Se abre plazo de presentación de recurso de alzada del 22 de junio al 21 de julio de 2023
-
04/05/2023Acreditación de documentación de la fase de concurso. Se abre plazo para la aportación de documentos del 4 al 18 de mayo de 2023
Requisitos
- Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de todos los requisitos que se recogen en el apartado quinto.1 de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes la titulación de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, FP I o Formación Profesional de Grado Medio.
- El requisito de titulación exigido en el apartado 1 de esta base, podrá ser sustituido por 3 años de experiencia profesional en la misma categoría o similar.
- La experiencia profesional sustitutoria de la titulación acreditada como requisito mínimo, y que se recoge en el apartado 2 de esta base, no se tendrá en cuenta, a efectos de su baremación, en la fase de concurso de este proceso selectivo.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación
- El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base octava apartado 8.2 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
- Quienes precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización del ejercicio de que consta el proceso selectivo, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones pretendidas, sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir en la exenciónde la realización del ejercicio, debiendo presentar la documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base octava apartado 8.6 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
- Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre de la persona aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible en el enlace, accediendo a la convocatoria de este proceso selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y tasas-Autorización presentación solicitud”.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren) y de abono de la tasa, así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Normativa
- Orden 596/2021, de 17 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Auxiliar (Grupo IV, Nivel 3, Área B) de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 284, de 29 de noviembre).
- Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 111, de 11 de mayo)
Órgano responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).