Descripción
-
ReferenciaE861
-
Descripción
Pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de categoría profesional de Titulado Superior Especialista, Especialidad de Psiquiatría (Grupo I, Nivel 10, Área D), de la Comunidad de Madrid.
-
TasaRequiere el pago de tasas
-
BOCM de la convocatoria
-
Número de plazas convocadas1
-
Forma de acceso
Acceso libre
-
TitulaciónGrado o Licenciatura en Medicina y título de Médico Especialista en Psiquiatría
-
Sistema de selección
Concurso-oposición
-
Más información
Calendario de actuaciones
-
02/12/2024Presentación de documentación en la fase concurso
Se abre plazo de acreditación de méritos del 3 al 17 de diciembre de 2024.
Pulsa CONSULTAR para acceder al modelo de "Plantilla de méritos" y "Autorización de firma y presentación de solicitud" ubicado en la sección Anexos.
La acreditación de méritos se realizará mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
-
02/12/2024Supuestos prácticos del segundo ejercicio
Número de aspirantes presentados: 2
-
02/12/2024Cuestionario y plantilla provisional del primer ejercicio
Se abre plazo de reclamaciones del 3 al 10 de diciembre de 2024.
La presentación de reclamaciones se realizará mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
-
29/11/2024Celebración del primer y segundo ejercicio
-
Requisitos
- Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que además de reunir de todos los requisitos que se recogen en el apartado quinto.1 de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, están en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes la titulación de Grado o Licenciatura en Medicina y título de Médico Especialista en Psiquiatría, conforme al procedimiento regulado por Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre.
- En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación conforme a la regulación que resulte de aplicación
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación
- El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base octava apartado 8.2 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
- Quienes precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de los ejercicios de que consta el proceso selectivo, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones pretendidas, sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir en la exención de la realización del ejercicio, debiendo presentar la documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base octava apartado 8.6 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
- Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre de la persona aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible en el enlace, accediendo a la convocatoria de este proceso selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y tasas-Autorización presentación solicitud”, de acuerdo con la secuencia ya indicada en el apartado 3 de esta base tercera.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren) y de abono de la tasa, así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Normativa
- Orden 618/2021, de 25 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de categoría profesional de Titulado Superior Especialista, Especialidad de Psiquiatría (Grupo I, Nivel 10, Área D), de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 293, de 9 de diciembre).
- Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 111, de 11 de mayo).
Órgano responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).