Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base sexta apartado primero de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes alguna de las siguientes titulaciones:
- Licenciatura en Psicología o Grado en Psicología y Máster en Psicología General Sanitaria.
- Título de Licenciado en Psicología o Grado en Psicología y certificado de habilitación expedido por el órgano competente en materia de sanidad para realizar en cualquier comunidad autónoma y en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla actividades sanitarias en unidades/consultas de psicología autorizadas.
- Título de Psicólogo Especialista en la especialidad de Psicología Clínica expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por cualquier otro órgano de la Administración competente para ello antes del fin del plazo de presentación de solicitudes.
Las personas aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad, además de reunir los requisitos generales exigidos en el apartado anterior, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la formalización del contrato como personal laboral fijo, debiendo acreditar esta circunstancia una vez superado el proceso selectivo.