Descripción

  • BOCM de la convocatoria
  • Referencia
    270764
  • Número de plazas convocadas
    12
  • Plazas convocadas

    8 turno libre.

    1 cupo de discapacidad.

    3 promoción interna.

  • Sistema de selección

    Concurso-oposición

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Requisitos

  1. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa establecida en el Estatuto Marco.
  2. Tener la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal. Asimismo, podrá participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho; igualmente, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
  3. Estar en posesión del título de Facultativo Especialista en Otorrinolaringología expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o estar en condiciones de obtenerlo, habiendo terminado la formación exigida para su obtención dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación y/o reconocimiento por el departamento ministerial competente, dentro del plazo de presentación de instancias.
  4. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
  5. No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargo público por resolución judicial.
  6. No poseer la condición de personal estatutario fijo en la misma categoría y especialidad a la que se concursa, cualquiera que sea su situación administrativa.
  7. Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española pero que pertenezcan a algún estado miembro de los mencionados en el apartado b) de esta base, además de no encontrarse inhabilitados o en situación equivalente, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, deberán no haber sido separados por sanción disciplinaria o equivalente, de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.ç

Los aspirantes que concurran por el sistema de promoción interna, además de reunir los requisitos del apartado anterior, deberán acreditar los siguientes:

  1. Poseer nombramiento como personal estatutario fijo en Instituciones Sanitarias dependientes del Servicio Madrileño de Salud en categoría diferente a la que se concursa, durante al menos dos años en la categoría de procedencia.
  2. Estar en servicio activo.

Los aspirantes que concurran por el turno de discapacidad, además de reunir los requisitos del apartado primero, deberán acreditar los siguientes:

  1. Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad.

Documentación de interés

Baremo (Anexo II- Turno Libre)
Descargar
141.94 KB
Baremo (Anexo II- Promoción Interna)
Descargar
141.56 KB
Baremo (Anexo II- Turno discapacidad)
Descargar
135.8 KB
Exención pago de tasa
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48.07 KB
Sistema de selección
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44.61 KB

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Sanidad
Servicio Madrileño de Salud

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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