Información
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Requisitos
- Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que, además de reunir todos los requisitos que se recogen en el apartado quinto.1 de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, están en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, así como poseer la formación para el desempeño de las funciones preventivas de nivel superior correspondiente a las tres especialidades y disciplinas preventivas de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada, en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación conforme a la regulación que resulte de aplicación.
- Las personas aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad, además de reunir los requisitos generales exigidos en el apartado anterior, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera, debiendo acreditar esta circunstancia una vez superado el proceso selectivo.
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Documentación
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Normativa
- Orden 613/2021, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Prevención de Riesgos Laborales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 288, de 3 de diciembre).
- Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 111, de 11 de mayo).
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Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Hacienda y Función Pública
- Dirección General de Función Pública
Tramitación
Presenta la solicitud
Calendario de actuaciones
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01/07/2024
Modificación del calendario de lectura del segundo ejercicio
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20/06/2024
Supuestos prácticos del segundo ejercicio
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19/06/2024
Calendario de lecturas del segundo ejercicio
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15/06/2024
Celebración del segundo ejercicio
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08/05/2024
Lista de aspirantes que han superado el primer ejercicio
Contra la siguiente resolución puedes presentar recurso de alzada del 8 de mayo al 7 de junio de 2024.
Última actualización: 12/01/2026