Descripción
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ReferenciaE42
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DescripciónPruebas selectivas por el turno libre en la categoría de Técnico Superior Especialista en Medicina Nuclear del Servicio Madrileño de Salud
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TasaRequiere el pago de tasas
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BOCM de la convocatoriaBOCM nº 149, de 24 de junio de 2021
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Número de plazas convocadas24
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Plazas convocadas
22 plazas turno libre
2 plazas reservadas para cupo de discapacidad
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Forma de acceso
Acceso libre
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Sistema de selección
Concurso-oposición
Calendario de actuaciones
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27/05/2024Calificaciones del ejercicio de la fase de oposición. Se abre plazo de presentación de méritos y autobaremo del 27 mayo al 14 de junio a través del Registro electrónico de méritos
Contra la siguiente resolución puedes presentar recurso de alzada del 25 de mayo al 24 de junio de 2024.
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11/03/2024Plantilla correctora del ejercicio y cuestionario. Se abre plazo de impugnación de preguntas de examen del 12 al 18 de marzo de 2024
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10/03/2024Celebración de ejercicio
Ver fecha, hora y lugar en el siguiente enlace. Contra esta resolución puedes presentar recurso de alzada del 25 de enero al 26 de febrero de 2024.
Adaptaciones concedidas/denegadas
Consulta de aulas: Convocatorias Junio 2021.
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19/01/2024Lista definitiva de admitidos y excluidos
Contra la siguiente resolución puedes presentar recurso de alzada del 20 de enero al 19 de febrero de 2024.
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Requisitos
- Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad legal de jubilación fijada en la normativa de Seguridad Social.
- Nacionalidad: Tener la nacionalidad española o la de algún otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrá participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales a que se refiere el párrafo anterior, siempre que no esté separado de derecho; igualmente, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
- Titulación: Estar en posesión del título de Técnico Superior en Imagen para el diagnóstico y Medicina Nuclear, o de Formación Profesional de segundo grado (rama Sanitaria) de Medicina Nuclear o de Radioterapia, o titulación equivalente, expedido por el Ministerio competente, o estar en condiciones de obtenerlo en el plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación y/o reconocimiento por el departamento ministerial competente, dentro del plazo de presentación de instancias.
- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los términos y durante el plazo que se establezca en la legislación que le fuera de aplicación, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución judicial. En el caso de las personas nacionales de los otros Estados mencionados en el apartado 2, además de no encontrarse inhabilitados o en situación equivalente, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, deberán no haber sido separados por sanción disciplinaria o equivalente, de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos.
- No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, cualquiera que sea su situación administrativa, conforme a lo establecido en el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización, cualquiera que sea su situación administrativa.
- No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluya la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos
- Quienes concurran por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, con efectos del último día del plazo de presentación de solicitudes.
- Haber abonado la tasa por derechos de examen salvo encontrarse en alguno de los supuestos de exención de la misma.
Estos requisitos deberán poseerse el último día del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión de la plaza adjudicada.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación: Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación que no podrá ser sustituida por documentos extraídos electrónicamente sin firma o sello que acredite su autenticidad.
- El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado el importe de la tasa por derechos de examen correspondiente, y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención total del pago de la tasa, o parcial en el caso de los aspirantes que sean miembros de familias numerosas de categoría general, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base sexta.
- Los aspirantes que requieran adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización del ejercicio de la fase de oposición, presentarán la documentación justificativa de su solicitud, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base séptima.
- Únicamente en el supuesto de que la solicitud se firme por el representante que actúa en nombre del interesado, se deberá aportar la autorización indicada en la base 5.4.c).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Normativa
- Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Medicina Nuclear del Servicio Madrileño de Salud (BOCM nº 149, de 24 de junio)
- Resolución de 26 de mayo de 2021 de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud por la que se aprueban las bases generales y los baremos de méritos que han de regir las convocatorias de los procesos selectivos de personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud, derivados de las ofertas de empleo público de la Comunidad de Madrid para los años 2018 y 2019 (BOCM nº 131, de 3 de junio)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).