Última actuación
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11/06/2024Nombramiento como personal estatutario fijo
Contra la siguiente resolución puedes presentar recurso de alzada del 11 de junio al 10 de julio de 2024.
Información
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Información
TasaRequiere el pago de tasasBOCM de la convocatoriaNúmero de plazas convocadas1Forma de accesoPromoción interna
TitulaciónTitulación/ especialidad necesaria para el desempeño de la actividad profesional de que se trate -
Personas destinatarias
- Personal laboral fijo y funcionario de carrera de la Comunidad de Madrid que presta servicios en el Hospital Virgen de la Poveda.
- Queda excluido el personal de otras Administraciones Públicas que se encuentre desempeñando puestos directivos o en comisión de servicio en alguno de los centros sanitarios recogidos en el apartado anterior.
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Requisitos
Los requisitos exigidos deberán ostentarse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias y serán acreditados por la Gerencia de su centro correspondiente mediante la expedición de la certificación oportuna en la que hará constar la reunión o no de los requisitos exigidos en la presente convocatoria por parte de los interesados en la integración, que deberá remitir a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud.
- Vinculación: Estar en posesión de nombramiento como funcionario de carrera y en el caso del personal laboral contar con contrato laboral fijo. En ambos casos ha de ser equivalente a la categoría en la que se pretende la integración como personal estatutario conforme a las tablas de homologación.
- Titulación: Estar en posesión de la titulación/ especialidad necesaria para el desempeño de la actividad profesional de que se trate. En consecuencia, la integración se efectuará en la categoría y titulación equivalente del régimen estatutario que en cada caso corresponda (Anexo I).
- Funciones: Deberá desempeñar las funciones correspondientes a la categoría estatutaria en la que solicita la integración, para cuya acreditación la Gerencia del centro donde preste servicios, deberá expedir certificación en la que se indiquen las funciones que viene realizando cada uno de los solicitantes.
- Situación administrativa: Estar en situación de activo o en cualquier situación que implique la suspensión en la relación laboral, o en cualquier situación administrativa del personal funcionario, así como en situación de servicios especiales, excedencia voluntaria, excedencia forzosa, excedencia para el cuidado de hijos o familiares o excedencia por razón de violencia de género, siempre y cuando con anterioridad a la declaración de excedencia se encontrara prestando servicios, con carácter definitivo, en alguno de los centros objeto de integración.
- Desempeño de funciones como enfermera/o especialista en unidades asistenciales: El personal funcionario de carrera o laboral fijo podrá integrarse en la categoría de enfermera especialista en Enfermería del Trabajo, Geriatría, Pediatría o Salud Mental, si además de reunir los requisitos exigidos acredita venir prestando servicios en el caso de Enfermera del Trabajo en la unidad de Salud Laboral, y para el resto de especialidades en alguna de las unidades asistenciales de Geriatría, Pediatría o Salud Mental
El personal laboral fijo que, ostente la condición de personal estatutario fijo en situación diferente a la de activo y en categoría equivalente conforme a las tablas de homologación anexas, podrá participar en este proceso, en cuyo caso, se le concederá el reingreso definitivo en su categoría estatutaria, que se hará público junto con la relación definitiva del personal integrado. Asimismo, podrá solicitar la carrera profesional.
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Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
No será necesaria la aportación por parte del interesado de la documentación requerida en el procedimiento al obrar ya en poder de sus centros, que serán los encargados de acreditar mediante la certificación oportuna la reunión o no, por parte de los interesados en la integración, de los requisitos exigidos en el apartado tercero.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos :
- Nombramiento como estatutario fijo, funcionario de carrera o contrato laboral en el caso del personal laboral fijo, según ámbito de aplicación de la convocatoria
- Certificado expedido por el Director Gerente del centro donde esté prestando servicios el interesado
- Resolución por la que haya sido declarado en alguna de las situaciones administrativas recogidas en la sección de requisitos.
- DNI
- Título exigido para integrarse en la categoría de personal estatutario solicitada.
(*) Puede oponerse a la consulta por motivos que deberá justificar. En este caso, deberá aportar la documentación a cuya consulta se opone (artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Todo ello sin perjuicio de la potestad de verificación de la Administración
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
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Normativa
- Corrección de errores a la Orden 1625/2022, de 27 de octubre, del Consejero de Sanidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de noviembre de 2022), por la que se convoca el proceso de integración voluntaria en el régimen del personal estatutario del personal laboral fijo y funcionario de carrera que presta servicios en los centros sanitarios “Gregorio Marañón”, “Virgen de La Poveda”, “Guadarrama”, “José Germain”, “La Paz-Cantoblanco”, “Doctor Rodríguez Lafora” y Centro Regional de Transfusión, adscritos al Servicio Madrileño de Salud (BOCM nº 286, de 1 de diciembre)
- Orden 1625/2022, de 27 de octubre, del Consejero de Sanidad, por la que se convoca el proceso de integración voluntaria en el régimen del personal estatutario del personal laboral fijo y funcionario de carrera que presta servicios en los centros sanitarios “Gregorio Marañón”, “Virgen de la Poveda”, “Guadarrama”, “José Germain”, “La Paz-Cantoblanco”, “Doctor Rodríguez Lafora” y Centro Regional de Transfusión adscritos al Servicio Madrileño de Salud (BOCM nº 273, de 16 de noviembre)
- Decreto 8/2007, de 1 de febrero, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por el que se regula el proceso voluntario de integración en el régimen estatutario del personal laboral y funcionario que presta servicios en las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud (BOCM 13 de febrero de 2007)
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del Personal Estatutario (BOE nº 301, de 17 de diciembre)
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Órgano responsable
- Consejería de Sanidad
- Servicio Madrileño de Salud
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Calendario de actuaciones
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02/12/2022Corrección de errores
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 17/11/2022 Fecha de fin: 16/12/2022
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentación de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud