Descripción
-
ReferenciaE2681
-
Descripción
Convocatoria de pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Especialista I, Especialidad de Enseñanzas y Animación Socio-Deportiva, Grupo III, Nivel 6, Área C de la Comunidad de Madrid, por el sistema de concurso.
-
TasaRequiere el pago de tasas
-
BOCM de la convocatoria
-
Número de plazas convocadas2
-
Plazas convocadas
Turno Libre: 2
-
Forma de acceso
Acceso libre
-
TitulaciónFP II o Formación Profesional de Grado Superior, Familia Actividades Físicas y Deportivas y Rama de Técnico Superior en Enseñanza y Animación Socio-deportiva
-
Sistema de selección
Concurso
Calendario de actuaciones
-
07/11/2024Nota aclaratoria sobre la Fase de Concurso
La acreditación de méritos se realizará por el servicio de aportar documentos. No hay que rellenar ni aportar modelo alguno en Excel.
-
11/10/2024Lista definitiva de admitidos y excluidos
Se abre plazo de acreditación de méritos del 14 de octubre al 11 de noviembre de 2024.
La acreditación de méritos se realizará mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Dirección General de Función Pública
-
08/10/2024Corrección de errores del Calendario de actuaciones
-
-
05/08/2024Composición del Tribunal
Requisitos
Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Requisitos generales recogidos en las bases generales por las que se rigen las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
- Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de FP II o Formación Profesional de Grado Superior, Familia Actividades Físicas y Deportivas y Rama de Técnico Superior en Enseñanza y Animación Socio-deportiva, o cualquiera otra titulación o estudios equivalentes a alguno de los anteriores, de acuerdo con la normativa existente en la materia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación, conforme a la regulación que resulte de aplicación a tal efecto.
- El requisito de titulación exigido podrá ser sustituido por tres años de experiencia profesional en la misma o similar categoría, no pudiendo, en este caso, ser alegado como mérito a efectos de la baremación.
- Cumplimentar en la solicitud de participación en este proceso selectivo el autobaremo de méritos, en el que harán constar la experiencia profesional, la formación y la superación de ejercicios. La no cumplimentación del autobaremo de méritos durante el plazo de presentación de solicitudes conllevará la asignación de 0 punto.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Justificante de pago de tasas
- Autorización de representación en caso de presentación y firma por medio de representante
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Documentación acreditativa de los datos de identidad declarados (NIF / NIE).
- Titulación académica exigida en la convocatoria (Solo en caso de haber abonado su tasa de expedición).
- En caso de exención total de la tasa por encontrarse en situación de desempleo, Informe de periodo ininterrumpido inscrito/a en situación de desempleo, acreditativo de dicha situación.
- En caso de exención total de la tasa por reunir la condición legal de persona con discapacidad, tarjeta o certificado vigente acreditativos del grado de discapacidad u otra documentación acreditativa de dicho extremo, expedida/o por el órgano competente de la Comunidad de Madrid.
- En caso de exención total o parcial de tasa por reunir la condición de miembro de familia numerosa de categoría especial o general, respectivamente, título vigente acreditativo de dicha condición. A efectos de la consulta del título de familia numerosa, se deberá indicar la Comunidad Autónoma que haya expedido dicho título.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren) y de abono de la tasa, así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Normativa
- Corrección de errores Orden 2734/2022, de 24 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de diferentes categorías profesionales dentro del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público (BOCM nº 311, de 30 de diciembre).
- Orden 2734/2022, de 24 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Especialista I, Especialidad de Enseñanzas y Animación Socio-Deportiva (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOCM nº 299, de 16 de diciembre).
- Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases general es por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 79 de 3 de abril de 2019).
- Decreto 30/2022, de 25 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la oferta de empleo público de personal de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid para el año 2022 (BOCM nº 127, de 30 de mayo).
- Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOE nº 312, de 29 de diciembre).
Órgano responsable
Te puede interesar
Premios Extraordinarios de Enseñanzas Artísticas Profesionales (2023-2024)
11 junio 2024Inscripción en las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores (2024-2025)
18 abril 2024- 06 octubre 2009
Autorización de enseñanzas de idiomas de régimen especial derivadas de la Ley Orgánica 2/2006
18 julio 2007Autorización de enseñanzas profesionales de danza derivadas de la Ley Orgánica 2/2006
17 julio 2007
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).