Descripción
-
ReferenciaE778
-
Descripción
Pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Gestión de la Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
-
TasaRequiere el pago de tasas
-
BOCM de la convocatoria
-
Número de plazas convocadas87
-
Plazas convocadas
81 plazas para el turno libre.
6 plazas reservadas para personas con discapacidad. -
Forma de acceso
Acceso libre
-
TitulaciónGrado, licenciado, ingeniero o arquitecto
-
Sistema de selección
Oposición
Calendario de actuaciones
-
21/12/2024Celebración del primer ejercicio
Ver fecha, hora y lugar en este enlace
Adaptaciones concedidas y denegadas Contra la presente resolución, puedes presentar recurso de alzada del 5 de diciembre de 2024 al 7 de enero de 2025.
Relación adicional de adaptaciones concedidas Contra la presente resolución, puedes presentar recurso de alzada del 12 de diciembre de 2024 al 13 de enero de 2025.
Nuevas adaptaciones concedidas Contra la presente resolución, puedes presentar recurso de alzada del 19 de diciembre de 2024 al 20 de enero de 2025.
Distribución de aspirantes turno libre
Distribución de aspirantes cupo de discapacidad
Distribución de aspirantes solicitantes de adaptaciones
Recurso de alzada (Dirección General de Función Pública)
Nueva distribución de aspirantes solicitantes de adaptaciones
-
10/12/2024Modificación de la composición del Tribunal
Puedes presentar recurso de alzada del 10 de diciembre de 2024 al 9 de enero de 2025, contra:
Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública
-
03/12/2024Lista definitiva de admitidos y excluidos
Puedes presentar recurso de alzada del 3 de diciembre al 2 de enero de 2024, contra:
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública
-
-
02/10/2024Modificación de la composición del Tribunal
Contra la siguiente Resolución puedes presentar recurso de alzada del 2 de octubre al 4 de noviembre de 2024.
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública
Requisitos
- Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base 6.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, el siguiente requisito:
- Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del título de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.
- Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del título de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.
- Las personas aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad, además de reunir los restantes requisitos exigidos en esta convocatoria, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera, debiendo acreditar esta circunstancia una vez superado el proceso selectivo.
- Las personas aspirantes a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y que soliciten adaptación, deberán adjuntar dictamen técnico facultativo emitido por un Centro Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, que acredite de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal de Selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
- Cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
- Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.
- De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 6 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.
- Las personas aspirantes que aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación
- El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
- Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base 8.6 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, en relación con la base 2.2 de la presente convocatoria.
- Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre del/de la aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible siguiendo la secuencia ya indicada en la base 3.2 de la presente Orden.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Normativa
- Orden 1011/2022, de 10 de mayo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se procede a la ampliación del número de plazas correspondientes a las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, convocadas mediante Orden 587/2021, de 15 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 131, de 3 de junio)
- Orden 587/2021, de 15 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Gestión de la Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 285, de 30 de noviembre)
- Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 163, de 10 de julio)
Órgano responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).