Descripción

  • BOCM de la convocatoria
    BOCM Nº 262 de 2 de noviembre de 2018
  • Referencia
    2655446
  • Plazas convocadas

    12.
    - Neg. Seguimiento y Activid. Municipales. Nivel 20. Grupo B/C.
    (nº puesto de trabajo 298) D.G. Administración Local. Subdirección General Régimen Jurídico Local.
    - Sec. Alumbrado Público. Nivel 25. Grupo A/B.
    (nº puesto de trabajo 800) D.G. Administración Local. Subdirección General Inversiones en Municipios.
    - Neg. Tramitación Administrativa. Nivel 18. Grupo C/D.
    (nº puesto de trabajo 2198) D.G. Administración Local. Subdirección General Inversiones en Municipios.
    - Subsec. Tramitación de Subvenciones. Nivel 22. Grupo B/C.
    (nº puesto de trabajo 6299) D.G. Administración Local. Subdirección General Régimen Jurídico Local.
    - Neg. de Funcionarios de Habilitación Nacional. Nivel 20. Grupo B/C.
    (nº puesto de trabajo 25077) D.G. Administración Local. Subdirección General Régimen Jurídico Local.
    - Sec. Servicios y Obras. Nivel 25. Grupo A/B.
    (nº puesto de trabajo 30852) D.G. Administración Local. Subdirección General Inversiones en Municipios.
    - Neg. Estudios. Nivel 18. Grupo C/D.
    (nº puesto de trabajo 35722) D.G. Administración Local. Subdirección General Régimen Jurídico Local.
    - Sec. Áreas Verdes II. Nivel 25. Grupo A/B.
    (nº puesto de trabajo 35734) D.G. Administración Local. Subdirección General Inversiones en Municipios.
    - Sec. Obras. Nivel 25. Grupo A/B.
    (nº puesto de trabajo 39770) D.G. Administración Local. Subdirección General Inversiones en Municipios.
    - Neg. Apoyo administrativo. Nivel 16. Grupo C/D.
    (nº puesto de trabajo 51051) D.G. Administración Local. Subdirección General Régimen Jurídico Local.
    - Subsec. Estudios Económico-Financieros. Nivel 22. Grupo B/C.
    (nº puesto de trabajo 61449) D.G. Administración Local. Subdirección General Régimen Jurídico Local.
    - Neg. Registro. Nivel 18. Grupo C/D.
    (nº puesto de trabajo 61536) D.G. Administración Local. Subdirección General Régimen Jurídico Local.

  • Sistema de selección

    Concurso de méritos

Requisitos

1. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en servicio activo o quieran reingresar a dicha situación. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales.
2. Los funcionarios en situación de servicio activo podrán participar si, en la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria, han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido (excepciones a consultar en la propia orden de convocatoria, en Normativa aplicable).
3. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
4. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.

* Méritos:

Se podrán consultar en el apartado Información relacionada

Documentación a presentar

1. Solicitud ((Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud)).
2. En el caso de que los interesados hayan desempeñado puestos de trabajo con carácter definitivo en otras Administraciones Públicas en los cinco años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la convocatoria, certificado emitido por el Registro de Personal de la Administración correspondiente.
3. Documentación, original o copia cotejada, acreditativa de los méritos, preferentes y no preferentes, que se aleguen.
4. Certificado de Registro de Personal, que en el caso de los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación de puestos de trabajo en la Comunidad de Madrid, reservados a personal funcionario de carrera no docente, el interesado no tendrá ni que solicitarlo ni que aportarlo (consultar Certificado de Registro de Personal).
5. En caso de que se soliciten plazas que se encuentren afectadas por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, recogidas en Anexo, los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al efecto en el apartado de tramitación (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).

** La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con los referidos puestos, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.

Presentación de solicitudes


- Recogida:

Ver apartado Gestión.
Servicio de Personal de cada Consejería.
Oficinas de Atención al Ciudadano.

- Presentación de solicitudes y documentación:

Las solicitudes podrán presentarse preferentemente en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (C/ Carretas, 4), o en cualquier Oficina de Asistencia en Materia de Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

   

Documentación de interés

Méritos
Descargar
50.38 KB

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Viceconsejería de Presidencia y Administración Local
Dirección General de Inversiones y Desarrollo Local

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar