Descripción
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ReferenciaE2371
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Descripción
Convocatoria de ingreso en los cuerpos de profesores de Enseñanza Secundaria, FP y RE, por el sistema excepcional de concurso de méritos, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid
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TasaRequiere el pago de tasas
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BOCM de la convocatoria
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Número de plazas convocadas834
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Plazas convocadas
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Forma de acceso
Acceso libre
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TitulaciónDoctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, título de grado y otros títulos equivalentes a efectos de docencia según el cuerpo y especialidad a la que se opta.
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Sistema de selección
Concurso de méritos
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Más información
Calendario de actuaciones
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31/01/2023Corrección de errores del nombramiento de Tribunales de selección y Comisiones de baremación
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27/01/2023Lista provisional de admitidos y excluidos. Se abre plazo de presentación de alegaciones del 30 de enero al 10 de febrero de 2023
- Resolución de 25 de enero de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos
- Cuerpo 0590 (Profesores de Enseñanza Secundaria) - Admitidos
- Cuerpo 0590 (Profesores de Enseñanza Secundaria) - Excluidos
- Cuerpo 0592 (Profesores de Escuela Oficial de Idiomas) - Admitidos
- Cuerpo 0592 (Profesores de Escuela Oficial de Idiomas) - Excluidos
- Cuerpo 0593 (Catedráticos de Música y Artes Escénicas) - Admitidos
- Cuerpo 0593 (Catedráticos de Música y Artes Escénicas) - Excluidos
- Cuerpo 0594 (Profesores de Música y Artes Escénicas) - Admitidos
- Cuerpo 0594 (Profesores de Música y Artes Escénicas) - Excluidos
- Cuerpo 0595 (Profesores de Artes Plásticas y Diseño) - Admitidos
- Cuerpo 0595 (Profesores de Artes Plásticas y Diseño) - Excluidos
- Cuerpo 0598 (Profesores especialistas en Sectores Singulares de FP) - Admitidos
- Cuerpo 0598 (Profesores especialistas en Sectores Singulares de FP) - Excluidos
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23/01/2023Corrección de errores en la lista de admitidos para la participación voluntaria en los Tribunales de Selección y Comisiones de Baremación
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18/01/2023Corrección de errores del nombramiento del Tribunal
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11/01/2023Tribunal: Nombramiento de Tribunales de selección y Comisiones de baremación
Destinatarios
Aspirantes a ingresar en los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores singulares de Formación Profesional.
Requisitos
- No ser funcionario de carrera o en prácticas, ni estar pendientes del correspondiente nombramiento como funcionario del mismo Cuerpo al que se aspira a ingresar, siempre que reúnan generales y específicos.
- Además, debes cumplir los requisitos generales y específicos de participación.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documentación acreditativa de los requisitos de participación
- Documentación acreditativa de los méritos alegados (Anexo II), entendiéndose que, solamente se valorarán aquellos méritos perfeccionados con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes que se aleguen y aporten.
- Justificante de pago o exención de tasas
- Titulación exigida en la convocatoria.
- Documentación acreditativa de conocimiento adecuado del castellano
- Documentación acreditativa del grado de discapacidad expedida por otras CCAA
- Documento de otorgamiento de la representación
- Documentación acreditativa de los requisitos lingüísticos para plazas situadas en Comunidades Autónomas cuya lengua propia tenga carácter cooficial.
Además, los aspirantes que no posean la nacionalidad española:
- Pasaporte / tarjeta de residente comunitario / visado / vínculo de parentesco
- Declaración responsable de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena que impida el acceso a la Función Pública
- Certificación negativa de condenas penales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del RD 1110/2015.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI/NIE del solicitante.
- DNI/NIE del representante.
- Documentación acreditativa del grado de discapacidad expedida por la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Cursos inscritos en el Registro General de Formación Permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid
- Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren) y de abono de la tasa, así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, puede consultarse la misma y a los documentos anexados accediendo a la aplicación ADO (Aplicación Docente de Oposiciones (madrid.org)
Consulta más información sobre tramitación electrónica en la Guía de Administración Electrónica.
Información Complementaria
Para consultas relacionadas con este trámite, dispones del correo genérico: oposicionessecundaria@madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución, declarando aprobadas las listas provisionales de los candidatos admitidos y excluidos.
Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren habiendo realizado en tiempo y forma su solicitud de participación, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.
Examinadas y resueltas las subsanaciones presentadas, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución por la que se declararán aprobadas las listas definitivas de admitidos y excluidos, entendiendo desestimadas las solicitudes de subsanación no recogidas en las mismas.
La Dirección General de Recursos Humanos, con posterioridad a la aprobación de las listas definitivas de admitidos y excluidos, dictará resolución, indicando la fecha en la que se expondrán las listas provisionales con la puntuación alcanzada por los aspirantes en la fase de concurso.
Los interesados podrán presentar contra dicha lista, en el plazo de diez días hábiles las alegaciones o la subsanación.
Una vez resueltas las alegaciones presentadas, mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, se elevarán a definitivas las puntuaciones de la fase de concurso, declarándose desestimadas las alegaciones no recogidas en la misma.
Se declarará que han superado el proceso selectivo en la Comunidad de Madrid, aquellos aspirantes que, ordenados según la puntuación definitiva asignada les corresponda un número de orden igual o inferior al número de plazas asignadas para cada uno de los cuerpos, especialidad y turno, teniendo en cuenta los criterios de desempate establecidos en la base 9.2.
Si alguna de las personas seleccionadas obtuviese plaza en dicha adjudicación provisional en dos o más especialidades, en el mismo o distinto Cuerpo en alguna de las Administraciones educativas firmantes del Acuerdo, deberá optar, en el plazo de cinco días, por una de ellas, presentando escrito, en la Administración educativa a cuya plaza o plazas renuncie.
Asimismo, si alguna de las personas seleccionadas que figurase en dicho listado provisional como adjudicataria de una plaza, resultase también seleccionada en resolución dictada en los mismos plazos en el concurso excepcional de méritos convocado por una Administración educativa distinta a las acogidas al Acuerdo, obteniendo en ella plaza en la misma especialidad o en una especialidad distinta del mismo cuerpo, deberá, en el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, formular opción por una de las plazas obtenidas, presentando escrito en aquella Administración educativa firmante del Acuerdo manifestando si renuncia o acepta la plaza obtenida. En el supuesto de que la persona aspirante no presente escrito de aceptación o de renuncia, se entenderá que renuncia a la plaza obtenida en la Administración educativa acogida al Acuerdo
Concluido el plazo de renuncias previsto en el apartado anterior, se harán públicas las listas definitivas por cuerpo, especialidad y. en su caso, turno de acceso, de aspirantes seleccionados por haber obtenido un número de orden igual o inferior al número de plazas convocadas en la especialidad correspondiente.
Normativa
- Resolución de 11 de noviembre de 2022, del Director General de Recursos Humanos, por la que se convocan los procedimientos selectivos de ingreso, por el sistema excepcional de Concurso de Méritos, en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores singulares de Formación Profesional a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 275, de 18 de noviembre)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).