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Tramitación

Pago de tasas

Métodos de pago

La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial. 

Tasa
  • Derechos de examen Profesores Secundaria, EOI, Música y Artes Escénicas y Diseño y Artes Plásticas
  • Derechos examen Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Paga la tasa y guarda el justificante.
  3. Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
  4. Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, puede consultarse la misma y a los documentos anexados accediendo a la aplicación ADO (Aplicación Docente de Oposiciones (madrid.org)

Consulta más información sobre tramitación electrónica en la Guía de Administración Electrónica.

Acciones sobre la solicitud

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución, declarando aprobadas las listas provisionales de los candidatos admitidos y excluidos. 
 
Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren habiendo realizado en tiempo y forma su solicitud de participación, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión. 
 
Examinadas y resueltas las subsanaciones presentadas, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución por la que se declararán aprobadas las listas definitivas de admitidos y excluidos, entendiendo desestimadas las solicitudes de subsanación no recogidas en las mismas.
 
La Dirección General de Recursos Humanos, con posterioridad a la aprobación de las listas definitivas de admitidos y excluidos, dictará resolución, indicando la fecha en la que se expondrán las listas provisionales con la puntuación alcanzada por los aspirantes en la fase de concurso.
 
Los interesados podrán presentar contra dicha lista, en el plazo de diez días hábiles las alegaciones o la subsanación.
 
Una vez resueltas las alegaciones presentadas, mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, se elevarán a definitivas las puntuaciones de la fase de concurso, declarándose desestimadas las alegaciones no recogidas en la misma.
 
Se declarará que han superado el proceso selectivo en la Comunidad de Madrid, aquellos aspirantes que, ordenados según la puntuación definitiva asignada les corresponda un número de orden igual o inferior al número de plazas asignadas para cada uno de los cuerpos, especialidad y turno, teniendo en cuenta los criterios de desempate establecidos en la base 9.2.
 
Si alguna de las personas seleccionadas obtuviese plaza en dicha adjudicación provisional en dos o más especialidades, en el mismo o distinto Cuerpo en alguna de las Administraciones educativas firmantes del Acuerdo, deberá optar, en el plazo de cinco días, por una de ellas, presentando escrito, en la Administración educativa a cuya plaza o plazas renuncie. 

Asimismo, si alguna de las personas seleccionadas que figurase en dicho listado provisional como adjudicataria de una plaza, resultase también seleccionada en resolución dictada en los mismos plazos en el concurso excepcional de méritos convocado por una Administración educativa distinta a las acogidas al Acuerdo, obteniendo en ella plaza en la misma especialidad o en una especialidad distinta del mismo cuerpo, deberá, en el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, formular opción por una de las plazas obtenidas, presentando escrito en aquella Administración educativa firmante del Acuerdo manifestando si renuncia o acepta la plaza obtenida. En el supuesto de que la persona aspirante no presente escrito de aceptación o de renuncia, se entenderá que renuncia a la plaza obtenida en la Administración educativa acogida al Acuerdo

Concluido el plazo de renuncias previsto en el apartado anterior, se harán públicas las listas definitivas por cuerpo, especialidad y. en su caso, turno de acceso, de aspirantes seleccionados por haber obtenido un número de orden igual o inferior al número de plazas convocadas en la especialidad correspondiente.

Calendario de actuaciones

Contacto y ayuda

Documentación de interés

Comunidades y ciudades autónomas convocantes. (Anexo I)
Descargar
28.67 KB
Baremo para la valoración de méritos para ingreso en los cuerpos docentes.(Anexo II)
Descargar
145.78 KB

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 22/09/2025
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