Última actualización: 05/11/2024

Descripción

  • Referencia
    E4022
  • Descripción

    Pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista, puestos de Bombero Especialista Conductor, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid.

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas
  • Número de plazas convocadas
    267
  • Forma de acceso

    Acceso libre

  • Titulación
     Bachiller o Técnico, o estudios equivalentes
  • Sistema de selección

    Oposición y curso selectivo

Calendario de actuaciones

Requisitos

Deberás reunir los siguientes requisitos el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera:

  1. Edad:
    1. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y
    2. No exceder de la edad de jubilación forzosa o de la edad máxima establecida para el cuerpo, escala y/o especialidad convocada.
  2. Nacionalidad:
    1. Tener la nacionalidad española.
    2. Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
    3. Ser cónyuge de persona española o nacional de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea tu nacionalidad, siempre que no estés separado de derecho.
    4. Ser descendiente de persona española o nacional de otros Estados miembros de la Unión Europea, menor de veintiún años o mayor de dicha edad dependiente.
    5. Ser nacional de algún Estado al que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
    6. En el caso de extranjeros no incluidos en los supuestos anteriores, tener residencia legal en España.
  3. Poseer la capacidad funcional necesaria para realizar las tareas propias del cuerpo, escala y/o especialidad convocada.
  4. Habilitación:
    1. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas.
    2. No estar inhabilitado para empleo o cargo público por resolución judicial.
    3. Si eres nacional de otro Estado, además deberás haber cumplido los dos requisitos anteriores respecto a tu país de origen o de nacionalidad.
  5. No poseer la condición de funcionario de carrera del cuerpo, escala y/o especialidad convocada.
  1. Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del título de Bachiller o del título de Técnico o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes a alguno de los anteriores. En cuanto a las titulaciones obtenidas en el extranjero, deberás estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación.
  2. Permiso de conducción: Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el permiso de conducir de la clase C, con el E asociado, o equivalente.
  1. Haber abonado la tasa antes de rellenar la solicitud, salvo que te encuentres en alguno de los supuestos de exención contemplados en la convocatoria:
    1. Personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.
    2. Personas desempleadas.
    3. Víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
    4. Víctimas de violencia de género.
    5. Familias numerosas. Se aplicará un:
      1. 100 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría especial.
      2. 50 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría general.
  2. El importe de la tasa general es de 28,14 euros y el de la reducida para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general es de 14,07 euros.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación y a los anexos.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Justificante de pago de la tasa (modelo 030) o documento justificativo de exención parcial o total del pago de la misma.
  2. Documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, en su caso:
    1. Eliminación de barreras arquitectónicas.
    2. Intérprete de signos (LSE).
    3. Sistema Braille de escritura.
    4. Sistema JAWS.
    5. Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.
    6. Aumento del tamaño de los caracteres del examen.
    7. Ayuda técnica.
    8. Otros: (Especificar).
  3. Autorización de representación, en caso de que la solicitud se presente y firme por medio de representante que actúe en nombre de la persona aspirante.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Documentación acreditativa de los datos de identidad declarados (NIF / NIE).
  2. Titulación académica exigida en la convocatoria (Solo en caso de haber abonado su tasa de expedición).
  3. En caso de exención total de la tasa por encontrarse en situación de desempleo, Informe de periodo ininterrumpido inscrito/a en situación de desempleo, acreditativo de dicha situación.
  4. En caso de exención total de la tasa por reunir la condición legal de persona con discapacidad, tarjeta o certificado vigente acreditativos del grado de discapacidad u otra documentación acreditativa de dicho extremo, expedida/o por el órgano competente de la Comunidad de Madrid.
  5. En caso de exención total o parcial de tasa por reunir la condición de miembro de familia numerosa de categoría especial o general, respectivamente, título vigente acreditativo de dicha condición. A efectos de la consulta del título de familia numerosa, se deberá indicar la Comunidad Autónoma que haya expedido dicho título.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

Aviso importante

La presentación de solicitudes de esta convocatoria sólo admite el DNI electrónico y certificado digital como sistemas de firma electrónica.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
  3. Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren) y de abono de la tasa, así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para dudas o consultas sobre esta convocatoria puedes dirigirte al buzón del opositor: buzonopositor.fpublica@madrid.org

Documentación de interés

Instrucciones de cumplimentación
Descargar
29.55 KB
Programa
Descargar
30.77 KB

Tramitación

Todas las novedades que se produzcan en el desarrollo del proceso selectivo serán publicadas en la sección Calendario de actuaciones.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Hacienda
D. G. de Función Pública

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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