Descripción
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Referencia2073167
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Descripción
Bolsa de trabajo supletoria de la bolsa de trabajo temporal de la categoría profesional de “Titulado Superior Especialista, Especialidad en Medicina Física y Rehabilitación” (Grupo I, Nivel 10, Área D), aprobada por Resolución de 10 de febrero de 2015, de la Dirección General de Función Pública.
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TasaNo requiere el pago de tasas
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BOCM de la convocatoriaBOCM nº 19, de 23 de enero de 2018
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 24/01/2018 Fecha de fin: 06/02/2018
Requisitos
1. Nacionalidad. Deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias:
a) Tener nacionalidad española.
b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores.
e) Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
2. Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
3. Estar en posesión del título de Grado en Medicina, Licenciatura en Medicina o Licenciatura en Medicina y Cirugía. Y, respecto de todas ellas, la Especialidad en Medicina Física y Rehabilitación.
En el supuesto de candidatos con titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.
4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría objeto de selección.
5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, además del requisito citado en el párrafo anterior, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
6. Cuando el trabajador vaya a prestar servicios en un centro que implique contacto habitual con menores, no haber sido condenado por sentencia judicial firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
La totalidad de los requisitos establecidos en el párrafo anterior deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse durante todo el proceso de selección, así como a lo largo de todo el período de vigencia de la bolsa. La acreditación de dichos requisitos se efectuará ante el órgano de contratación en el momento de formalizar el contrato de trabajo que haya sido ofertado al candidato.
No deben presentar solicitud de participación quienes ya formen parte de la bolsa principal, no tomándose en consideración aquéllas que pudieran presentarse, y figurarán en el listado de excluidos los que no atendieran tal advertencia, haciendo constar expresamente dicha causa de exclusión.
* Se podrán consultar el Baremo y Sistema de selección, admisión de candidatos y desarrollo del proceso, en el apartado Información relacionada
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”
Presentación de solicitudes
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimira) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Documentación de interés
Normativa
* Orden 65/2018, de 16 de enero, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la formación y funcionamiento de una bolsa de trabajo supletoria de la Categoría Profesional de Titulado Superior Especialista, Especialidad en Medicina Física y Rehabilitación (Grupo I, Nivel 10, Área D) (BOCM nº 19, de 23 de enero).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).