Descripción
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ReferenciaE2206
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DescripciónPruebas selectivas para la adquisición por el personal laboral fijo de la categoría profesional de Titulado Superior, Grupo I, Nivel 9, Área B, para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Arquitectura Superior, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, por turno específico de plazas afectadas por el proceso de funcionarización.
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TasaRequiere el pago de tasas
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BOCM de la convocatoria
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Número de plazas convocadas3
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Forma de acceso
Promoción interna
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TitulaciónTítulo de Arquitecto o título de Máster Universitario que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto
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Sistema de selección
Concurso-oposición
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 14/10/2022 Fecha de fin: 14/11/2022
Destinatarios
- Personal laboral fijo de la Comunidad de Madrid, incluido en el correspondiente catálogo definitivo de puestos susceptibles de funcionarización, de la categoría profesional de:
- Titulado Superior, Grupo I, Nivel 9, Área B
Requisitos
Deberás reunir los siguientes requisitos el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera:
- Requisitos generales.
- Estar en posesión del título de Arquitecto o del título de Máster Universitario que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto, o estar en condiciones de obtenerlo en el plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación..
- Ostentar la categoría profesional de Titulado Superior, Grupo I, Nivel 9, Área B, como personal laboral fijo. La condición de personal laboral fijo se tiene que cumplir a 13 de mayo de 2007.
- Para las categorías profesionales a extinguir y los puestos funcionales recogidos en el correspondiente catálogo definitivo de puestos susceptibles de funcionarización, y para las personas en situación de excedencia voluntaria o por incompatibilidad que, asimismo, estén incluidas en el catálogo que recoge estas circunstancias, ostentar la categoría profesional específicamente incluida en el mismo y cuyo Cuerpo de Funcionarización sea el de Arquitectura Superior.
- Encontrarse incluido su puesto en el catálogo definitivo de puestos susceptibles de funcionarización en el Cuerpo de Funcionarización de Arquitectura Superior.
- Haber abonado la tasa por derechos de examen, salvo encontrarse en alguno de los supuestos de exención de la misma:
- Personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.
- Personas desempleadas
- Víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos
- Víctimas de violencia de género
- Familias numerosas, en los siguientes términos:
- 100 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría especial.
- 50 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría general.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, en su caso:
- Justificante de pago de la tasa (modelo 030) o documento justificativo de exención parcial o total del pago de la misma.
- Documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, en su caso:
- Eliminación de barreras arquitectónicas
- Intérprete de signos (LSE)
- Sistema Braille de escritura
- Sistema JAWS
- Ampliación del tiempo de duración del ejercicio
- Aumento del tamaño de los caracteres del examen
- Ayuda técnica
- Otros: (Especificar)
- Autorización de representación, en caso de que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúe en nombre de la persona aspirante.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Documentación acreditativa de los datos de identidad declarados (NIF / NIE).
- Titulación académica exigida en la convocatoria (Solo en caso de haber abonado su tasa de expedición).
- En caso de exención total de la tasa por encontrarse en situación de desempleo, Informe de periodo ininterrumpido inscrito/a en situación de desempleo, acreditativo de dicha situación.
- En caso de exención total de la tasa por reunir la condición legal de persona con discapacidad, tarjeta o certificado vigente acreditativos del grado de discapacidad u otra documentación acreditativa de dicho extremo, expedida/o por el órgano competente de la Comunidad de Madrid.
- En caso de exención total o parcial de tasa por reunir la condición de miembro de familia numerosa de categoría especial o general, respectivamente, título vigente acreditativo de dicha condición. A efectos de la consulta del título de familia numerosa, se deberá indicar la Comunidad Autónoma que haya expedido dicho título.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren) y de abono de la tasa, así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Normativa
- Orden 2144/2022, de 3 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca proceso selectivo para el personal laboral fijo de la categoría profesional de Titulado Superior, Grupo I, Nivel 9, Área B, para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Arquitectura Superior, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 244, de 13 de octubre)
- Decreto 149/2002, de 29 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la condición de funcionario por el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid. (BOCM de 9 de septiembre de 2002) Corrección de errores: (BOCM de 7 de octubre de 2002)
- Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (BOCM de 10 de julio de 2018)
- Orden 196/2021, de 26 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el catálogo definitivo de puestos susceptibles de Funcionarización (BOCM de 29 de julio de 2021)
- Decreto 241/2021, de 22 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2021 (BOCM de 28 de diciembre de 2021)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).