Información
Información
-
TasaRequiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas físicas o jurídicas titulares de laboratorios públicos o privados de análisis de productos alimenticios y aguas de consumo ubicados en la Comunidad de Madrid.
Están excluidos los laboratorios que dependen de la Administración General del Estado o sus organismos autónomos.
Requisitos
Los laboratorios se autorizan en una o varias de las secciones del Registro de Laboratorios según la actividad analítica que realizan y deben cumplir los siguientes requisitos:
Sección A. Laboratorios autorizados
En esta sección se inscriben todos los laboratorios ubicados en la Comunidad de Madrid.
- Contar con un responsable técnico al frente del laboratorio. Esta persona debe ser un técnico superior con la formación y experiencia técnica necesarias para la actividad analítica del laboratorio.
- Contar con el personal técnico auxiliar necesario para el correcto funcionamiento del laboratorio.
- Disponer de un local de superficie adecuada y con las instalaciones necesarias para las tareas que se pretende desempeñar.
- Estar dotado del equipamiento e instrumental necesarios para realizar las prácticas analíticas para las que solicita autorización.
- Tener documentado el método de toma de muestras si se responsabiliza de la misma. En caso contrario, tener documentadas las condiciones para la aceptación de las muestras.
- Tener documentados y a disposición del personal los métodos de ensayo empleados.
- Tener documentado e implantado un sistema de evaluación de la calidad de los ensayos.
- Ajustar los métodos analíticos empleados a los oficiales o estar basados en métodos de reconocido prestigio.
Sección B. Laboratorios que realizan actividades de autocontrol analítico
- Contar con un responsable técnico al frente del laboratorio. Esta persona debe ser un técnico superior con la formación necesaria y experiencia mínima de un año en el área analítica para la que solicita autorización.
- Contar con el personal técnico auxiliar necesario para el correcto funcionamiento del laboratorio.
- Disponer de un local de superficie adecuada y con las instalaciones necesarias para las tareas que se pretende desempeñar.
- Disponer de un plan de vigilancia de las condiciones ambientales cuando éstas influyen significativamente en la calidad de los resultados.
- Estar dotado con el equipamiento e instrumental necesarios para realizar las prácticas analíticas para las que solicita autorización, y disponer de un plan de mantenimiento y calibración de los equipos utilizados en los ensayos.
- Tener documentado el método de toma de muestras si se responsabiliza de la misma. En caso contrario, tener documentadas las condiciones para la aceptación de las muestras.
- Tener documentados y a disposición del personal los métodos de ensayo empleados.
- Tener documentado e implantado un sistema de evaluación de la calidad de los ensayos que incluya ejercicios de evaluación externa como programas de intercomparación de laboratorios o de ensayos de aptitud.
- Ajustar los métodos analíticos empleados en los análisis de autocontrol a los oficiales o estar basados en métodos de reconocido prestigio.
- Garantizar la trazabilidad de los resultados a través de los registros correspondientes a cada ensayo, que estarán a disposición de la autoridad competente y se conservarán adecuadamente durante un período no inferior a tres años.
- Los informes de resultados de cada ensayo deberán contener toda la información solicitada por el cliente y necesaria para su interpretación.
Sección C. Laboratorios acreditados
- Contar con un responsable técnico al frente del laboratorio. Esta persona debe ser un técnico superior con la formación y experiencia necesarias para la actividad analítica del laboratorio.
- Contar con el personal técnico auxiliar necesario para el correcto funcionamiento del laboratorio.
- Disponer de un local de superficie adecuada y con las instalaciones necesarias para las tareas que se pretenda desempeñar.
- Estar dotado del equipamiento e instrumental necesarios para realizar las prácticas analíticas para las que solicita autorización con un plan de mantenimiento de los mismos.
- Tener documentado e implantado un sistema de evaluación de la calidad de los ensayos.
- Justificar el cumplimiento de los requisitos que han permitido su acreditación mediante el certificado acreditativo y su anexo técnico.
Sección D. Laboratorios acreditados y autorizados para control oficial
- Contar con un responsable técnico al frente del laboratorio. Esta persona debe ser un técnico superior con la formación y experiencia necesarias para la actividad analítica del laboratorio.
- Contar con el personal técnico auxiliar necesario para el correcto funcionamiento del laboratorio.
- Disponer de un local de superficie adecuada y con las instalaciones necesarias para las tareas que se pretenda desempeñar.
- Estar dotado del equipamiento e instrumental necesarios para realizar las prácticas analíticas para las que solicita autorización con un plan de mantenimiento de equipos adecuado.
- Tener documentado e implantado un sistema de evaluación de la calidad de los ensayos.
- Justificar el cumplimiento de los requisitos que han permitido su acreditación mediante el certificado acreditativo y su anexo técnico.
Documentación
Inscripción inicial
Documentación a aportar junto a la solicitud:
- Justificante de haber abonado las tasas correspondientes.
- Acreditación de representación (si la solicitud se hace por medio de representante).
- Memoria técnica con la relación de actividades analíticas.
- Planos del laboratorio.
- Relación de ensayos para los que se solicita autorización, incluyendo matriz analítica y método de ensayo
- Relación de equipos y especificaciones técnicas.
- Anexo "autorización de consulta de datos personales" de la persona que asuma la responsabilidad técnica del laboratorio.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Consulta de titulaciones universitarias y no universitarias.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Modificaciones sobre registro existente
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- En caso de cambio de titularidad:
- Justificante de haber abonado las tasas correspondientes.
- Acreditación de representación (si la solicitud se hace por medio de representante).
- Documento que justifique el cambio de titular.
- Escrito de cesión del número de registro del laboratorio firmado por el anterior titular.
- En caso de cambio de domicilio del laboratorio:
- Justificante de haber abonado las tasas correspondientes.
- Acreditación de representación (si la solicitud se hace por medio de representante).
- Planos del laboratorio.
- En caso de cambio de sección de registro:
- Justificante de haber abonado las tasas correspondientes.
- Acreditación de representación (si la solicitud se hace por medio de representante).
- Planos del laboratorio.
- Relación de ensayos para los que se solicita autorización, incluyendo matriz analítica y método de ensayo.
- En caso de modificación de actividades analíticas:
- Justificante de haber abonado las tasas correspondientes.
- Acreditación de representación (si la solicitud se hace por medio de representante).
- Relación de ensayos para los que se solicita autorización, incluyendo matriz analítica y método de ensayo.
- En caso de cambio de responsabilidad técnica:
- Justificante de haber abonado las tasas correspondientes.
- Acreditación de representación (si la solicitud se hace por medio de representante).
- Anexo "autorización de consulta de datos personales" de la persona que asuma la responsabilidad técnica del laboratorio.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Consulta de titulaciones universitarias y no universitarias.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Renovación
No es necesario aportar documentación junto a la solicitud.
Cese de actividad y baja del registro
No es necesario aportar documentación junto a la solicitud.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Sanidad Ambiental
- Dirección: Calle San Martín de Porres 6. 28035 Madrid
- Correo electrónico: sanidad.ambiental@salud.madrid.org
- Teléfono: 914904111
Normativa
- Decreto 150/2001, de 6 de septiembre, por el que se regulan la autorización y registro de los laboratorios de la Comunidad de Madrid que realicen controles analíticos de productos alimenticios (BOCM nº 224, de 20 de septiembre).
- Orden 484/2003, de 5 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se desarrolla el Decreto 150/2001, de 6 de septiembre (BOCM nº 141, de 16 de junio).
Órgano responsable
- Consejería de Sanidad
- Viceconsejería de Sanidad
- Dirección General de Salud Pública
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
Se requiere el pago de las dos tasas “por cada inspección o auditoría ámbito de la salud pública” y “por cada autorización concedida” en los siguientes casos:
- Inscripción inicial.
- Modificación de actividades analíticas.
- Cambio de sección del registro.
- Cambio de domicilio del laboratorio.
Se requiere el pago de la tasa “por cada autorización concedida” en los siguientes casos:
- Cambio de titularidad.
- Cambio de domicilio social.
- Cambio de responsabilidad técnica.
- Renovación.
No requiere pago de tasas la comunicación de cese de actividad y baja del registro.
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
-
Por cada inspección o auditoría ámbito de la Salud PúblicaPagar tasa 60.03€
-
Por cada autorización concedidaPagar tasa 10.72€
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Acciones sobre la solicitud
En caso de solicitud de autorización inicial o de modificaciones registrales, una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
A continuación, haremos una valoración técnica de la documentación presentada.
Si todo es correcto, emitiremos la resolución de autorización e inscribiremos la empresa en el Registro de Laboratorios con un número identificativo, que comunicaremos a la persona solicitante.
Dicho número tiene el siguiente formato: XXX-ABCD/M, donde:
- XXX es un número que identifica al laboratorio.
- Las letras hacen referencia a la sección en que se inscribe.
Una vez inscrita, la empresa seguirá sujeta a los controles oficiales necesarios (inspecciones o auditorías) para comprobar el correcto funcionamiento de la actividad.
Plazos y efectos del silencio administrativo
- Autorización: 6 meses
- Renovación: 3 meses
- Modificación: Modificación de un registro existente: 2 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud