Descripción
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Referencia2649
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Descripción
Las personas titulares de laboratorios domiciliados en la Comunidad de Madrid, que realizan controles analíticos de productos alimenticios y agua de consumo, deben solicitar su inscripción inicial en el Registro de laboratorios de análisis de alimentos y aguas de consumo.
También deben solicitar:
- La renovación de la inscripción: esta opción solo es válida si no hay ningún cambio en los datos registrados.
- La modificación del registro existente por:
- Cambio de titularidad.
- Cambio de domicilio del laboratorio.
- Cambio de domicilio social.
- Cambio de sección de registro.
- Modificación de actividades analíticas.
- Cambio de responsabilidad técnica.
- El cese de actividad y baja del registro.
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TasaRequiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas físicas o jurídicas titulares de laboratorios públicos o privados de análisis de productos alimenticios y aguas de consumo ubicados en la Comunidad de Madrid.
Están excluidos los laboratorios que dependen de la Administración General del Estado o sus organismos autónomos.
Requisitos
Los laboratorios se autorizan en una o varias de las secciones del Registro de Laboratorios según la actividad analítica que realizan y deben cumplir los siguientes requisitos:
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid en función del tipo de solicitud y opción seleccionadas.
Presentación de solicitudes
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
- Pulsa Cumplimentar y accede a tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no finalizas su cumplimentación, queda guardado como borrador en Mis Gestiones.
- Adjunta los documentos y pulsa Firmar y enviar solicitud para finalizar.
Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Sanidad Ambiental
- Dirección: Calle San Martín de Porres 6. 28035 Madrid
- Correo electrónico: sanidad.ambiental@salud.madrid.org
- Teléfono: 914904111
Documentación de interés
Tramitación
En caso de solicitud de autorización inicial o de modificaciones registrales, una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
A continuación, haremos una valoración técnica de la documentación presentada.
Si todo es correcto, emitiremos la resolución de autorización e inscribiremos la empresa en el Registro de Laboratorios con un número identificativo, que comunicaremos a la persona solicitante.
Dicho número tiene el siguiente formato: XXX-ABCD/M, donde:
- XXX es un número que identifica al laboratorio.
- Las letras hacen referencia a la sección en que se inscribe.
Una vez inscrita, la empresa seguirá sujeta a los controles oficiales necesarios (inspecciones o auditorías) para comprobar el correcto funcionamiento de la actividad.
Plazos y efectos del silencio administrativo
- Autorización: 6 meses
- Renovación: 3 meses
- Modificación: Modificación de un registro existente: 2 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Normativa
- Decreto 150/2001, de 6 de septiembre, por el que se regulan la autorización y registro de los laboratorios de la Comunidad de Madrid que realicen controles analíticos de productos alimenticios (BOCM nº 224, de 20 de septiembre).
- Orden 484/2003, de 5 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se desarrolla el Decreto 150/2001, de 6 de septiembre (BOCM nº 141, de 16 de junio).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).