Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Las personas titulares de la explotación agraria en régimen de titularidad compartida deberán:
- Estar dadas de alta en la Seguridad Social.
- Ejercer la actividad agraria y trabajar en la misma de modo directo y personal, tal y como está definido en la Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias.
- Residir en el ámbito territorial rural en que radique la explotación. A estos efectos se entiende por ámbito territorial rural la comarca agraria o comarcas agrarias limítrofes reconocidas oficialmente donde su ubique la explotación.
- Ser matrimonio o pareja unida por análoga relación de afectividad.
Documentación
3. Documentación a presentar en caso de baja en el Registro de Titularidad Compartida
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
Documentación genérica
- Libro de familia o copia Certificado de matrimonio, o aseveración de vinculación de análoga relación de afectividad incluida en la declaración conjunta, o certificado de inscripción de pareja de hecho (en caso de estar inscrito en otra Comunidad Autónoma distinto de Comunidad de Madrid)
- Aportación de fincas rústicas, edificios e instalaciones, maquinaria y equipos, ganado productor y de Derechos a la explotación de titularidad compartida
- Certificado de residencia en caso de estar inscrito en otra Comunidad Autónoma distinto de Comunidad de Madrid
Documentación específica
- Aportación de fincas rústicas, edificios e instalaciones, maquinaria y equipos, ganado productor y de Derechos nuevos a la explotación de titularidad compartida
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de residencia o de empadronamiento en la Comunidad de Madrid
- Consulta de certificado de vida laboral
- NIF asignado por la Administración Tributaria competente para la explotación agraria de titularidad compartida
- NIF/NIE del o de los solicitantes o del representante
- En su caso, consulta del Registro de parejas de hecho en la Comunidad de Madrid
2. Documentación acreditativa de la modificación solicitada
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
Documentación genérica
- Libro de familia o copia Certificado de matrimonio, o aseveración de vinculación de análoga relación de afectividad incluida en la declaración conjunta, o certificado de inscripción de pareja de hecho (en caso de estar inscrito en otra Comunidad Autónoma distinto de Comunidad de Madrid)
- Aportación de fincas rústicas, edificios e instalaciones, maquinaria y equipos, ganado productor y de Derechos a la explotación de titularidad compartida
- Certificado de residencia en caso de estar inscrito en otra Comunidad Autónoma distinto de Comunidad de Madrid
Documentación específica
- Documentación que acredite la causa de extinción conforme al artículo 8 de la Ley 35/2011
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de residencia o de empadronamiento en la Comunidad de Madrid
- Consulta de certificado de vida laboral
- NIF asignado por la Administración Tributaria competente para la explotación agraria de titularidad compartida
- NIF/NIE del o de los solicitantes o del representante
- En su caso, consulta del Registro de parejas de hecho en la Comunidad de Madrid
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
La inscripción en el registro tendrá carácter constitutivo y será voluntaria y gratuita.
Ámbito de aplicación:
El presente decreto será de aplicación a las explotaciones agrarias de titularidad compartida ubicadas, total o parcialmente, en el territorio de la Comunidad de Madrid. En los supuestos de explotaciones agrarias ubicadas parcialmente en el territorio de otra comunidad autónoma, se considerarán incluidas en el ámbito de aplicación del presente decreto cuando la mayor extensión territorial de la explotación se ubique en la Comunidad de Madrid.
Inscripciones en el registro:
- Las inscripciones podrán consistir en altas, bajas y modificaciones:
- De alta o inscripción: la explotación que adquiera tal condición por primera vez.
- De baja o extinción: la explotación que, estando inscrita previamente, deja de cumplir los requisitos para ello, a petición de parte o apreciadas de oficio por la Administración, previo trámite de audiencia por un período de diez días hábiles.
- De modificación: aquella que estando inscrita en el registro, modifique alguno de los datos indicados en el artículo 10.
- La duración de la inscripción será indefinida hasta el momento en que se produzca la extinción por las causas previstas en el artículo 8 de la Ley 35/2011, de 1 de octubre.
Normativa
- Decreto 19/2019, de 2 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula el registro de las explotaciones agrarias de titularidad compartida de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 81, de 5 de abril).
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Contacto y ayuda
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud