Información
Información
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TasaRequiere el pago de tasas
Requisitos
Haber cumplido los requisitos legales ante el Ayuntamiento donde radique la Entidad cuya inscripción se pretenda.
Información adicional
El Horario de atención al público es de 9:00 a 14:00 h., de lunes a viernes, sólo previa cita, que se puede obtener a través de este contacto:
Registro de Unidades Urbanísticas
Teléfono: 91 438 39 44
Email: reu@madrid.org
Las Entidades Urbanísticas gozarán de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, desde su inscripción registral. Tratándose de Juntas de Compensación, la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, exige además la constitución de sus órganos directivos.
Las Entidades, una vez inscritas, tienen la obligación de dar traslado al Registro, a través del Ayuntamiento en tanto que administración actuante, de todas aquellas incidencias que supongan una modificación de los datos obrantes en el mismo, tales como los cambios que afecten a la composición de la Entidad o de sus órganos directivos, cambio del domicilio social o modificación de sus Estatutos.
La tutela, fiscalización y control de la actuación de estas Entidades, corresponde, en todo caso, a los respectivos Ayuntamientos quienes ostentan la condición de "Administración Urbanística Actuante".
La disolución de estas Entidades se inscribirá igualmente en el Registro, a solicitud del Ayuntamiento y previo acuerdo de disolución adoptado por el mismo.
Tasas 2022
- Inscripción de la constitución: 400,19 €.
- Anotación que modifique datos obrantes en el registro: 40 €.
- Certificado en relación con una entidad: 15,94 €.
- Certificados literales de una asiento: 8,01 €.
- Nota informativa en relación con determinados datos de una entidad: 12 €.
- Nota informativa sobre un asiento: 4,01 €.
- Fotocopias sin diligenciar: 0,09 €.
- Fotocopias diligenciadas: 0,15 €.
Normativa
- Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, Reglamento de Gestión Urbanística (BOE nº 27, de 31 de enero de 1979).
- Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, (BOCM nº 177, de 27 de julio).
- Resolución de 9 de diciembre de 2009, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 309, de 30 de diciembre).
- Resolución de 29 de abril de 2010, por la que se rectifican los errores materiales advertidos en el impreso de solicitud de Registro de Entidades Urbanísticas, publicado mediante Resolución de 9 de diciembre de 2009, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 163, de 9 de julio).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Urbanismo
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
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Inscripción de la constitución
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Anotaciones
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Certificados
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Certificados Literales de un Asiento
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Notas en Relación a una Entidad
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Nota Literal
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Copia B/N en papel A4 a partir de papel o microfilm (hoja)Pagar tasa 0.09€
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Copia B/N autentificada A4 a partir de papel o microfilm (hoja)Pagar tasa 0.15€
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud