Información
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TasaRequiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas jurídicas.
Requisitos
En todos los casos, ya se trate de alta (creación de un colegio), actualización (fusión, absorción o segregación) o baja (disolución):
- Abonar la tasa correspondiente.
- Acreditar la representación, si se tramita por medio de representante.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
Creación de un Colegio Profesional
- Documentación inicial necesaria para la creación del Colegio (previa a la aprobación por Ley de la Asamblea de Madrid):
- Denominación del nuevo Colegio.
- Certificación de acuerdo de la creación del Colegio por la entidad promotora, según sus estatutos.
- Certificado de los miembros de la Junta directiva de la entidad promotora (interlocutores).
- Certificado del número de miembros (acta censo).
- Plan de estudios o currículum que ampara la titulación universitaria que da cobertura al ejercicio de la profesión correspondiente.
- Memoria en la que conste que la entidad solicitante tiene implantación y representatividad en el ámbito territorial del Colegio que quieren crear; estimación del número de profesionales que desarrollan dicha actividad; conveniencia de la creación del colegio desde el punto de vista del interés público.
- Documentación posterior a la entrada en vigor de la Ley de creación del Colegio:
AVISO IMPORTANTE: Tras la entrada en vigor de la Ley de creación del Colegio, se deberá aportar de forma telemática al expediente de la solicitud inicialmente presentada, la siguiente documentación:- Certificación de acuerdo de nombramiento de la Comisión Gestora del Colegio, adoptado por la entidad promotora, según sus estatutos.
- Certificación expedida por la entidad promotora relativa al acuerdo de ratificación del nombramiento de la Comisión Gestora del Colegio, adoptado en Asamblea General, si así se exige en sus estatutos.
- Certificación de acuerdo de la Comisión Gestora relativa a la aprobación del censo profesional del Colegio que determinará quienes podrán participar en la asamblea constituyente del Colegio, del acuerdo de elaboración del proyecto de estatutos colegiales y del procedimiento de convocatoria, participación y desarrollo de la Asamblea Constituyente.
- Certificación de la Asamblea Constituyente relativa a la adopción de los siguientes acuerdos: aprobación de la actuación de la Comisión Gestora del Colegio, del proyecto de estatutos colegiales y de la composición de los miembros de la Junta de Gobierno del Colegio, en la que conste su fecha de nombramiento y aceptación de cargos.
- Proyecto de estatutos colegiales en formato pdf (sellados y firmados en todas sus hojas), así como en formato word (sin firmar).
- Certificación del acuerdo favorable a la creación del Colegio expedida por el correspondiente Consejo General de Colegios (si está constituido) conforme a sus estatutos.
- Documento que acredite la representación para actuar en nombre de la persona interesada (si se suscribe por representante).
- Justificante del abono de la tasa correspondiente.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF de la entidad o corporación.
- NIF o NIE del firmante de la solicitud.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Fusión o Absorción de Colegios Profesionales
- Denominación del nuevo Colegio.
- Certificación del Secretario de cada uno de los Colegios interesados, con visto bueno del Presidente o Decano, en los que conste el acuerdo adoptado en Asamblea General de crear un nuevo Colegio Profesional mediante fusión o absorción de los existentes (conforme a la mayoría establecida en sus Estatutos o por unanimidad de la misma) y la fecha del acto.
- Certificado relativo a los miembros que componen la junta o comisión creada al efecto para promover la fusión o absorción de los Colegios (interlocutores).
- Certificación del acuerdo favorable a la fusión o absorción expedida por los correspondientes Consejos Generales de Colegios (si están constituidos), conforme a sus estatutos.
- Informe relativo a la fusión o absorción expedido por los Consejos Generales de Colegios correspondientes (si están constituidos).
- Proyecto de estatutos colegiales en formato pdf (sellados y firmados en todas sus hojas), así como en formato word (sin firmar).
- Censo de colegiados afectados (acta censo).
- Memoria justificativa del acuerdo de fusión o absorción, justificando el interés público, su necesidad y conveniencia. Plan de estudios afectados, etc.
- Propuesta del procedimiento para articular la subrogación oportuna en las relaciones y situaciones jurídicas con los colegios preexistentes.
- Relación de bienes, derechos y obligaciones que pasan a la titularidad del nuevo Colegio a 31 de diciembre del año anterior a aquel en que se promueva la creación del nuevo colegio por fusión.
- Informe sobre la situación jurídica del personal adscrito a cada Colegio previa a la fusión/absorción y su previsión tras la misma.
- Certificación de la Agencia Tributaria (estatal) de estar al corriente en sus obligaciones tributarias.
- Certificación de la Administración Tributaria de la Comunidad de Madrid, de estar al corriente en sus obligaciones tributarias.
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o INSS, de estar al corriente en la obligaciones de seguridad social.
- Documento que acredite la representación para actuar en nombre de la persona interesada (si se suscribe por representante).
- Justificante del abono de la tasa correspondiente.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF de la entidad o corporación.
- NIF o NIE del firmante de la solicitud.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Segregación de un Colegio Profesional (*)
- Denominación del nuevo Colegio
- Certificación del Secretario del Colegio interesado, con visto bueno del Presidente o Decano, en el que conste el acuerdo de segregación de otro colegio profesional preexistente, adoptado por acuerdo de la Asamblea General (conforme a la mayoría establecida en sus estatutos) y la fecha del acto.
- Certificado de los miembros de la junta directiva o comisión creada al efecto para promover la segregación del Colegio (interlocutores).
- Certificación del acuerdo favorable a la segregación expedida por los correspondientes Consejos Generales de Colegios (si están constituidos), conforme a sus estatutos
- Informe relativo a la segregación expedido por el Consejos Generales de Colegios correspondientes (si están constituidos).
- Proyecto de estatutos colegiales en formato pdf (sellados y firmados en todas sus hojas), así como en formato word (sin firmar).
- Censo de colegiados afectados (acta censo).
- Memoria en la que conste la representatividad en el ámbito territorial del Colegio que quieren crear; estimación del número de profesionales que desarrollan dicha actividad; conveniencia de la creación del colegio desde el punto de vista del interés público; Plan de estudios, y cuanta información se estime necesaria.
- Propuesta del procedimiento para articular la subrogación oportuna en las relaciones y situaciones jurídicas con los colegios preexistentes.
- Relación de bienes, derechos y obligaciones que pasan a la titularidad del nuevo Colegio a 31 de diciembre del año anterior a aquel en que se promueva la creación del nuevo colegio por segregación.
- Informe sobre la situación jurídica del personal adscrito a cada Colegio previa a la segregación y su previsión tras la misma.
- Certificación de la Agencia Tributaria (estatal) de estar al corriente en sus obligaciones tributarias.
- Certificación de la Administración Tributaria de la Comunidad de Madrid, de estar al corriente en sus obligaciones tributarias.
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o INSS, de estar al corriente en la obligaciones de seguridad social.
- (*) En el supuesto de segregación de un colegio de ámbito superior al de la Comunidad de Madrid, se deberá aportar, además, la resolución o norma jurídica de la Administración General del Estado que ampare dicha segregación.
- Documento que acredite la representación para actuar en nombre de la persona interesada (si se suscribe por representante).
- Justificante del abono de la tasa correspondiente.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF de la entidad o corporación.
- NIF o NIE del firmante de la solicitud.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Disolución de un Colegio Profesional
- Certificación del Secretario, con visto bueno del Presidente o Decano, en el que conste el acuerdo de la Asamblea General, de iniciar el procedimiento de disolución (conforme a la mayoría establecida en sus Estatutos o por unanimidad de la misma) y la fecha del acto.
- Certificado de los miembros de la junta directiva (interlocutores).
- Certificado del número de colegiados afectados (acta censo).
- Memoria justificativa de la necesidad y conveniencia de la disolución.
- Certificación del acuerdo favorable a la disolución, expedida por el correspondiente Consejo de Colegios (si está constituido), conforme a sus estatutos.
- Informe relativo a la disolución expedido por el Consejo General de Colegios correspondiente (si están constituidos).
- Propuesta de liquidación y composición de la Comisión de Liquidación.
- Inventario de bienes, derechos y obligaciones que integren los recursos o patrimonio colegial, cerrado a fecha de la solicitud.
- Auditoría de cuentas de los tres últimos ejercicios presupuestarios.
- Proyecto de liquidación y partición patrimonial, conforme a lo establecido en estatutos.
- Certificación de la Agencia Tributaria (estatal) de estar al corriente en sus obligaciones tributarias.
- Certificación de la Administración Tributaria de la Comunidad de Madrid, de estar al corriente en sus obligaciones tributarias.
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o INSS, de estar al corriente en la obligaciones de seguridad social.
- Documento que acredite la representación para actuar en nombre de la persona interesada (si se suscribe por representante).
- Justificante del abono de la tasa correspondiente.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF de la entidad o corporación.
- NIF o NIE del firmante de la solicitud.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite dispones del correo electrónico: colegiosprofesionales@madrid.org
Normativa
- Ley 2/1974, de 13 de febrero sobre Colegios Profesionales (BOE nº 40, de 15 de febrero)
- Ley 19/1997, de 11 de julio, de colegios profesionales de la Comunidad de Madrid (BOE nº 109, de 7 de mayo)
- Decreto 140/1997, de 30 de octubre, por el que se regula el contenido, organización y funcionamiento del registro de colegios profesionales de la Comunidad de Madrid (BOCM de 5 de noviembre de 1997)
- Estatuto de autonomía artículo 27.4. Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero (BOE nº 51, de 01 de marzo)
Órgano responsable
- Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
- Viceconsejería de Justicia y Víctimas
- Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
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Inscripciones registrales. Por cada inscripciónPagar tasa 40€
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, te pediremos que subsanes (corrijas) la falta o aportes los documentos preceptivos. Si no lo haces en el plazo de 15 días hábiles (lunes a viernes no festivos), contados desde el siguiente al de la recepción del requerimiento, entenderemos que desistes de tu solicitud previa resolución expresa.
Transcurrido el plazo de subsanación y previo a la evaluación de las solicitudes, verificaremos el cumplimiento de las condiciones para la inscripción.
Plazos y efectos del silencio administrativo
4 meses.
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud