Descripción
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ReferenciaI45
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Descripción
La inscripción en el Registro informático de apoderados de entidades de crédito, sociedades de garantía recíproca y entidades aseguradoras es requisito previo para la constitución de garantías ante la Caja de Depósitos de la Comunidad de Madrid.
Los cambios o bajas se pueden solicitar a través del trámite de modificación o baja del Registro de apoderados de entidades garantes.
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TasaRequiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Entidades de crédito.
- Sociedades de garantía recíproca.
- Entidades aseguradoras.
Requisitos
- Adjuntar a la solicitud las escrituras de poder firmadas ante notario, de acuerdo con los modelos establecidos junto con el documento de recogida de firma.
- Abonar la tasa de bastanteo de documentos por cada escritura a bastantear.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Justificante pago tasa bastanteo (modelo 030).
- Escritura de poder (Anexo I o II).
- Ficha normalizada de recogida de firma del apoderado (Anexo III ó IV).
- Consentimiento para la comunicación de datos a entidades locales conveniadas con la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- División de caja e ingresos
- Plaza de Chamberí 8, planta B, 28010 Madrid
- Correo electrónico: caja.comunidadmadrid@madrid.org
- Teléfono: 91 420 8832
- Horario de atención al público: 9 a 14 h de lunes a viernes (excepto festivos y los días 24 y 31 de diciembre)
Documentación de interés
Tramitación
Una vez recibida la solicitud junto con documentación pertinente, se remitirá al Servicio Jurídico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para que realice el bastanteo de poderes, por una sola vez.
Concluido el trámite de bastanteo, el Servicio Jurídico lo comunicará a la Caja de Depósitos, que asignará a cada uno de los apoderados cuyos poderes han sido bastanteados un código de registro. Una vez asignado, dicho código se pondrá en conocimiento de la entidad poderdante con el fin de que siempre figure en cuantos documentos de aval o caución emitan para garantizar obligaciones ante la Comunidad de Madrid.
El apoderamiento permanecerá en vigor en tanto no se comunique de forma fehaciente su revocación a la Caja de Depósitos de la Tesorería Central de la Comunidad de Madrid.
Normativa
- Resolución de 19 de mayo de 2017, del Director General de Contratación, Patrimonio y Tesorería, por la que dispone la publicación de los modelos de impresos normalizados referidos a los procedimientos de alta y modificación-baja del Registro informático de apoderados de entidades de crédito, sociedades de garantía recíproca y entidades aseguradoras que presten garantías ante la Comunidad de Madrid (BOCM nº 148, de 23 de junio).
- Orden de 1 de abril de 2009, por la que se modifican los Anexos de la Orden de 2 de abril de 2004, de la Consejera de Hacienda, por la que se regula el funcionamiento del Registro Informático de Apoderados de Entidades de Crédito, Sociedades de Garantía Recíproca y Entidades Aseguradoras que presten garantías ante la Comunidad de Madrid (BOCM nº 100, de 29 de abril).
- Orden de 21 de abril de 2006, que modifica la anterior (BOCM nº 121, de 23 de mayo).
- Orden de 2 de abril de 2004, de la Consejera de Hacienda, por la que se regula el funcionamiento del Registro informático de apoderados (BOCM nº 89, de 15 de abril).
Órgano responsable
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24 abril 2005
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).