Tramitación

Pago de tasas

Métodos de pago

La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial. 

Tasa
  • Inscripciones registrales. Por cada inscripción

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Paga la tasa y guarda el justificante.
  3. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  4. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Solicitud

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, te pediremos que subsanes (corrijas) la falta o aportes los documentos preceptivos. Si no lo haces en el plazo de 15 días hábiles (lunes a viernes no festivos), contados desde el siguiente al de la recepción del requerimiento, entenderemos que desistes de tu solicitud previa resolución expresa, y archivo de las actuaciones.

Si aportas la documentación requerida y tras la oportuna valoración de legalidad:

  1. Se elabora una memoria justificativa del expediente.
  2. Se dicta Orden del Consejero con competencias en materia de colegios profesionales, relativa a la inscripción. De dicha orden se da traslado al registro de órdenes de la Consejería.
  3. Se inscribe la modificación en el correspondiente Libro del Registro de Colegios Profesionales, si la valoración del expediente resulta favorable.
  4. Se notifica dicha orden al interesado o a su representante.
  5. En el supuesto de modificación de estatutos de los colegios profesionales de ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, se publican íntegros o parcialmente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Cuatro meses.

Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.
 

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Instrucciones de cumplimentación del formulario
Descargar
40.83 KB

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 07/11/2024
¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar