Tramitación

Pago de tasas

Métodos de pago

La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial. 

Tasa
  • Instalación. Proyecto técnico. Hasta 6.000 euros
  • Instalación. Proyecto técnico. De 6.000,01 a 60.000 euros
  • Instalación. Proyecto técnico. Más de 60.000 euros
  • Instalación. Memoria técnica para viviendas
  • Instalación. Memoria técnica. Instalación no dedicada a vivienda

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La presentación de solicitudes se realiza ante las Entidades de Inspección y Control Industrial (EICIs), según el procedimiento establecido por cada una de ellas.

Accede al registro electrónico

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Instalaciones que requieren proyecto

  1. Una vez finalizada la ejecución de la instalación y presentada la documentación correspondiente ante la EICI, ésta verificará si es correcta y diligenciará (sellará), en su caso, la solicitud de registro de instalación térmica.
  2. El titular de la instalación presentará dicha solicitud de registro ante el suministrador de energía para que realice, en su caso, la entrega de energía como suministro provisional por un plazo máximo de treinta días.
  3. Una vez que la instalación disponga de energía provisional y haya sido ajustada y equilibrada, se deberán realizar, en el plazo máximo de veinticinco días, las pruebas definidas en la Instrucción Técnica 2 del Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios y aquellas otras que el instalador habilitado o el director de obra, según el caso, considere necesarias. Este emitirá el certificado de instalación correspondiente que deberá presentar ante la EICI.
  4. La EICI realizará una inspección de la instalación y emitirá el documento final de registro.
  5. El titular presentará dicho documento ante el suministrador, en el plazo máximo de cinco días desde la finalización del período de pruebas, para su control reglamentario y suministro regular de energía.

Instalaciones que no requieren proyecto

  1. Una vez finalizada la ejecución de la instalación y presentada la documentación correspondiente ante la EICI, ésta archivará el documento de la solicitud y memoria. 
  2. El titular de la instalación presentará la solicitud de registro diligenciada ante el suministrador de energía para que realice, en su caso, la entrega de energía como suministro provisional por un plazo máximo de treinta días. 
  3. Una vez que la instalación disponga de energía provisional y haya sido ajustada y equilibrada, se deberá realizar, en el plazo máximo de veinticinco días, las pruebas definidas en la Instrucción Técnica 2 del Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificio y aquellas otras que el instalador habilitado considere necesarias. 
  4. La EICI podrá realizar una inspección de la instalación y, en cualquier caso, emitirá el documento final de registro.
  5. El titular presentará dicho documento ante el suministrador, en el plazo máximo de cinco días desde la finalización del período de pruebas, para su control reglamentario y suministro regular de energía.

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Modelo IT 3.1.5. Solicitud de registro y memoria técnica de instalaciones térmicas en edificios que no requieren proyecto
Descargar
801.16 KB
Modelo IT 3.1.6. Certificado de montaje de la instalación para potencia superior a 70kw
Descargar
280.96 KB
Modelo IT 3.1.7. Certificado de instalación para potencia superior a 70kw
Descargar
298.31 KB
Modelo IT 3.1.8. Certificado de instalación para potencia mayor o igual a 5kw y menor o igual a 70kw
Descargar
298.79 KB
Modelo IT 3.1.9. Solicitud de registro de instalación térmica en edificio para potencia superior a 70kw
Descargar
787.74 KB

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 04/04/2025
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