Última actualización: 04/03/2024

Descripción

  • Referencia
    64701
  • Descripción

    Procedimiento administrativo para la inscripción de las instalaciones de almacenamiento de productos químicos (APQ), que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE APQ 0 a 10.

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Requisitos

Están sometidas a este procedimiento la puesta en servicio de nuevas instalaciones, así como la ampliación, modificación o baja de instalaciones existentes, de: almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos peligrosos, entendiéndose por tales las sustancias o mezclas consideradas como peligrosas en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) n.º 1907/2006, (Reglamento CLP), tanto en estado sólido como líquido o gaseoso, y sus servicios auxiliares en toda clase de establecimientos industriales y almacenes, así como almacenamientos de establecimientos comerciales y de servicios que no sean de pública concurrencia, teniendo en cuenta las exclusiones del ámbito de aplicación establecidas en el artículo 2 del Real Decreto 656/2017, de 23 de junio.

Documentación a presentar

1. Solicitud firmada por el titular de la instalación o su representante legal , pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.

2. Documentación requerida que figura en la solicitud, y que se resume en:

2.1.- Copia póliza seguro responsabilidad civil según se establece en el artículo 3.c) y que deberá cumplir lo establecido en el artículo 7.2, ambos del Real Decreto 656./2017, de 23 de junio.

2.2.- Proyecto suscrito por técnico titulado competente según se establece en el artículo 3.a) y que deberá cumplir lo establecido en el artículo 4, ambos del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos, aprobado por Real Decreto 656/2017, de 23 de junio.

2.3.- Certificado suscrito por el técnico titulado director de la obra según se establece en el artículo 3.b) del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos, aprobado por Real Decreto 656/2017, de 23 de junio.

En los casos establecidos en el citado Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos, el proyecto y certificado mencionados anteriormente podrá sustituirse por:

- Memoria firmada por el titular o su representante legal y certificado suscrito por organismo de control habilitado, según lo establecido en los artículos 3.6 y 3.7 respectivamente, del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos, aprobado por Real Decreto 656/2017, de 23 de junio.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud. 
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago. 
  3. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  4. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Descripción Tasa 

En función del presupuesto del Proyecto del almacenamiento de productos químicos. Ver apartado Gestión en el apartado de documentación.

En caso de que se aporte Memoria técnica de diseño, se abonará la tasa Aparatos elevadores, grúas, instalaciones frigoríficas y almacenamiento de productos químicos. Ver apartado Gestión en el apartado de documentación.

Medio de pago de la tasa

  1. Pago Efectivo
  2. Pago Electrónico
  3. Transferencia electrónica
  4. Tarjeta de crédito

Tramitación

  1. Presentación de solicitudes y documentación
  2. Resolución del expediente

    Estudio del expediente, requerimiento de aclaración o documentación complementaria. En su caso, visita de inspección si procede.
    Una vez aportada toda la documentación necesaria, se remite al interesado el acta de inscripción.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Tres meses
Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General de Promoción Económica e Industrial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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