Descripción
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ReferenciaI19
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Descripción
Los editores y productores madrileños pueden solicitar la anulación de números de depósito legal asignados cuando la publicación no se realice o exista alguna razón justificada que impida su constitución.
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TasaNo requiere el pago de tasas
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Más información
Destinatarios
- Editores de obras publicadas en formato tangible que tengan su domicilio, residencia o establecimiento permanente en la Comunidad de Madrid, cualquiera que sea el lugar de impresión.
- Productores, impresores, estampadores o grabadores que tengan domicilio, residencia o establecimiento permanente en la Comunidad de Madrid, en caso de que:
- El editor no resida o tenga sucursal en la Comunidad de Madrid
- Por razón del tipo de recurso así proceda.
Requisitos
La anulación debe solicitarse dentro del plazo de tres meses otorgado para realizar la entrega de las publicaciones.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de presentación electrónica o presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
La Oficina de Depósito Legal se encuentra ubicada en la Biblioteca Regional de Madrid Joaquín Leguina (C/ Ramírez de Prado, 3. 28045 Madrid).
Se puede contactar con la Oficina de 9 a 14 h. de lunes a viernes, a través de:
Teléfonos: 91 720 89 11 y 91 720 89 18
Correo electrónico: deposito.legal@madrid.org
Cómo llegar
Metro: Delicias (Línea 3) y Méndez Álvaro (Línea 6)
Cercanías Renfe: Delicias (Líneas C-1 y C-10)
Autobuses: 8, 19, 45
Bicimad: estaciones 172 - Delicias y 118 - Juan Martín.
Documentación de interés
Tramitación
Una vez presentada la solicitud, está será examinada por la Oficina de depósito legal, procediendo a su aceptación o denegación, comunicándole al interesado mediante una notificación la anulación del número solicitado.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Ley 7/2023, de 30 de marzo, del Libro, la Lectura y el Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 86, de 12 de abril).
- Decreto 118 /2022 de 02 de noviembre, por el que se establecen las normas reguladoras de depósito legal en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 268, de 10 de noviembre).
- Ley 8/2022 de 04 de mayo, por la que se modifica la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal (BOE nº 107, de 5 de mayo)
- Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal (BOE nº 182, de 30 de julio).
- Real Decreto 635/2015 de 10 de julio, por el que se regula el depósito legal de las publicaciones en línea (BOE nº 177, de 25 de julio).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).