Última actualización: 04/03/2024

Descripción

  • Referencia
    I19
  • Descripción

    Los editores y productores madrileños pueden solicitar la anulación de números de depósito legal asignados cuando la publicación no se realice o exista alguna razón justificada que impida su constitución.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Destinatarios

  1. Editores de obras publicadas en formato tangible que tengan su domicilio, residencia o establecimiento permanente en la Comunidad de Madrid, cualquiera que sea el lugar de impresión.
  2. Productores, impresores, estampadores o grabadores que tengan domicilio, residencia o establecimiento permanente en la Comunidad de Madrid, en caso de que:
    1. El editor no resida o tenga sucursal en la Comunidad de Madrid
    2. Por razón del tipo de recurso así proceda.

Requisitos

La anulación debe solicitarse dentro del plazo de tres meses otorgado para realizar la entrega de las publicaciones.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid. 

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
  3. Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de presentación electrónica o presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

La Oficina de Depósito Legal se encuentra ubicada en la Biblioteca Regional de Madrid Joaquín Leguina (C/ Ramírez de Prado, 3. 28045 Madrid).
Se puede contactar con la Oficina de 9 a 14 h. de lunes a viernes, a través de:
Teléfonos: 91 720 89 11 y 91 720 89 18 
Correo electrónico: deposito.legal@madrid.org    

Cómo llegar

Metro: Delicias (Línea 3) y Méndez Álvaro (Línea 6)
Cercanías Renfe: Delicias (Líneas C-1 y C-10)
Autobuses: 8, 19, 45
Bicimad: estaciones 172 - Delicias y 118 - Juan Martín.

Tramitación

Una vez presentada la solicitud, está será examinada por la Oficina de depósito legal, procediendo a su aceptación o denegación, comunicándole al interesado mediante una notificación la anulación del número solicitado.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Tres meses
Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Decreto 118/2022, de 02 de noviembre , por el que se establecen las normas reguladoras de depósito legal en la Comunidad de Madrid.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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