Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Solicitud

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Tras la presentación de la solicitud y resto de documentación necesaria, se verificará si cumple los requisitos necesarios para devolver la garantía.

Si la solicitud o los documentos aportados no son los necesarios o acordes a la normativa, se requerirá a la persona solicitante para que subsane su solicitud en el plazo de 10 días hábiles.

Si todo es correcto, el órgano a cuya disposición se constituyó la garantía emitirá el acuerdo de cancelación, que dejará sin efecto la garantía depositada. Se informará del mismo a la persona solicitante, así como del procedimiento seguido por la Caja de Depósitos para efectuar la devolución.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

3 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:

  • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
  • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

Acceso al trámite de recurso de alzada.

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 18/02/2026
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