Descripción
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Referencia82623
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Descripción
Las personas físicas y jurídicas pueden presentar peticiones, consultas o comunicaciones relacionadas con el ámbito del juego mediante un modelo de solicitud genérica.
Este formulario solo debe utilizarse si no existe uno específico para el trámite a realizar.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas físicas y jurídicas interesadas en materia de juego.
Requisitos
- Indicar en la solicitud:
- Datos de la persona interesada o representante.
- Asunto.
- Información a exponer.
- Información a solicitar.
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
No es necesario aportar documentación junto a la solicitud.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Subdirección General de Ordenación y Gestión del Juego
- Dirección: Calle Ventura Rodríguez, 7. 28008 Madrid
- Teléfono: 91 580 30 89
- Correo electrónico: dgjuego@madrid.org
Tramitación
Una vez presentada la solicitud, se revisa su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a las personas solicitantes para que corrijan lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hacen, entenderemos que desisten de su petición.
Una vez completada la documentación, evaluaremos la solicitud y enviaremos la respuesta a la petición.
Normativa
- Resolución de 6 de junio de 2018, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se publican los modelos de impresos correspondientes a diferentes procedimientos en materia de juego de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 147, de 21 de junio).
- Orden de 7 de noviembre de 2011, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el sistema de reclamaciones de los usuarios de actividades de juegos y apuestas desarrolladas en la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 284, de 30 de noviembre).
- Resolución de 4 de enero de 2010, de la Dirección General de Tributos y Gestión y Ordenación del Juego, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de diversos procedimientos (BOCM nº 22, de 27 de enero).
- Decreto 73/2009, de 30 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Juego de la Comunidad de Madrid y se modifican otras normas en materia de juego (BOCM nº 191, de 13 de agosto).
- Decreto 106/2006, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamente de apuestas en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 300, de 18 de diciembre).
- Decreto 58/2006, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Casinos de Juego en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 178, de 28 de julio).
- Decreto 105/2004, de 24 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de los Juegos Colectivos de Dinero y Azar en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 154, de 30 de junio).
- Ley 6/2001, de 3 de julio, Normas Reguladoras del Juego en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 157, de 4 julio).
- Decreto 24/1995, de 16 marzo, por el que se aprueba del Reglamento de Organización y funcionamiento del Registro de Juego y del Registro de Interdicción de acceso al Juego (BOCM de 31 de marzo).
- Decreto 23/1995, de 16 de marzo, Reglamento General del Juego de la Comunidad de Madrid (BOCM de 31 de marzo).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).