• Pendiente apertura plazo

  • En plazo

    En plazo

  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    84183
  • Descripción

    Ayudas destinadas al desarrollo de Planes de Formación de Empleados Públicos promovidos y aprobados por Entidades Locales, Federaciones o Asociaciones de municipios del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, de 9 de marzo de 2018.

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 30/08/2018 Fecha de fin: 12/09/2018

Requisitos

1. Los Ayuntamientos, y otras entidades locales reconocidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que pertenezcan al ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
2. La Federación de Municipios de Madrid u otras Federaciones o Asociaciones de Entidades Locales del ámbito de la Comunidad de Madrid legítimamente constituidas al amparo de lo previsto en la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

Documentación a presentar

1. Solicitud, se podrá acceder a través del siguiente enlace.
2. Tarjeta de identificación de personas jurídicas y entidades en general (CIF).
3. Documentación que acredite, conforme a la legislación vigente, las facultades de representación del firmante del plan para actuar en nombre de la entidad local, federación o asociación, en su caso.
4. Cuando se trate de un plan agrupado, los documentos de adhesión a dicho plan, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2.1.b) de las bases reguladoras para los planes agrupados promovidos por Federaciones o Asociaciones de Municipios.
5. Informe de la representación sindical, en los casos en que resulte preceptivo de conformidad con el artículo 14 del AFEDAP.

Presentación de solicitudes

1. Las solicitudes se cumplimentarán y presentarán de forma electrónica a través del Portal FEDAP, accesible a través del siguiente enlace, a través del icono “Promotores de formación AAPP”, para lo cual es preciso que el promotor esté previamente registrado en dicho portal.
2. El acceso al Portal FEDAP podrá realizarse introduciendo los dígitos de usuario y contraseña facilitados por el portal al registrarse, o bien mediante el documento nacional de identidad electrónico o un certificado digital reconocido de persona física o jurídica, de acuerdo con lo establecido en los artículos 11 y 15 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica.
3. Las solicitudes deberán ir firmadas electrónicamente por la persona designada como representante del promotor para el plan presentado.
4. Las solicitudes se presentarán ajustándose a los formatos electrónicos establecidos en el Portal, que deberán ser cumplimentados por los solicitantes con las normas y controles establecidos en la propia aplicación.

   

Información Complementaria

Las actividades subvencionables deberán estar incluidas entre la fecha de concesión de la ayuda y el 31 de diciembre de 2018, salvo las desarrolladas por las Federaciones o Asociaciones de Entidades Locales de ámbito autonómico legítimamente constituidas al amparo de lo previsto en la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que deberán realizarse en el período comprendido entre la fecha de concesión de la ayuda y el 30 de noviembre de 2018.

El pago se realizará mediante anticipo a cuenta sin presentación de aval, salvo para las federaciones o asociaciones de entidades Locales de ámbito autonómico, en el que la entrega de fondos con carácter previo al inicio de la actividad formativa, no podrá superar el 25 por ciento del importe concedido y podrá realizarse igualmente el pago de hasta un 35 por 100 adicional, una vez acreditado el inicio de la actividad formativa. El 40 por 100 del importe concedido se hará efectivo una vez finalizada y justificada la actividad formativa subvencionada a aquellas.

Documentación de interés

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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