Descripción
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Referencia86092
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Descripción
Ayudas a los clubes deportivos madrileños por la participación y resultados obtenidos por sus equipos en las competiciones oficiales de ámbito nacional y/o internacional, de carácter no profesional, de categoría absoluta en alguna de las dos máximas categorías de las ligas nacionales y en los casos en los que no exista liga regular, en los Campeonatos de España de modalidades olímpicas en los que se compita por equipos, en la temporada 2017-2018 o, en su caso, en el año 2018 según el funcionamiento federativo.
Calendario de actuaciones
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10/12/2019Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
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30/10/2019
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24/05/2019
Destinatarios y/o requisitos
1. Clubes deportivos de la Comunidad de Madrid.
2. Encontrarse inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con, al menos, un año de antigüedad a la fecha de publicación de la convocatoria. En el mencionado Registro deberá constar, además, que el club ha comunicado la composición actual de la Junta Directiva. Este requisito se certificará de oficio a través del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
3. Contar con al menos un equipo de la categoría absoluta, en la máxima categoría nacional correspondiente a una modalidad deportiva oficialmente reconocida (División de Honor, Superdivisión o equivalente), en la categoría inmediata inferior (División de Honor B, Primera división nacional o equivalente) y en los casos en los que no exista liga regular, en los Campeonatos de España de modalidades olímpicas en las que se compita por equipos.
4. No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable.
5. Mantener el requisito de la inscripción del club en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y al equipo en competición federada nacional, hasta la fecha de la justificación de la subvención.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
Presentación de solicitudes
La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
(ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
Información Complementaria
* Cuantía:
El importe total destinado a esta convocatoria es de 2.000.000 de euros.
Documentación de interés
Tramitación
Calendario de actuaciones
23/12/2019 | Revocación de ayudas concedidas por Orden 1810/2019. Orden 2183/2019, de 5 de diciembre (BOCM nº 304, de 23 de diciembre). |
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04/12/2019 | Corrección de errores de la resolución de la convocatoria Corrección de errores de la Orden 1810/2019, de 14 de octubre (BOCM nº 288, de 4 de diciembre) |
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30/10/2019 | Resolución de convocatoria Orden 1810/2019, de 14 de octubre (BOCM nº 258, de 30 de octubre) |
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24/05/2019 | Relación definitiva ampliatoria (Ver listados en el calendario). |
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10/05/2019 | Relación definitiva de admitidos (Ver listados en el calendario). |
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08/04/2019 | Relación provisional de admitidos y excluidos (Ver listados en el calendario). |
* Reclamaciones: Del 9 al 24 de abril de 2019. |
Normativa
* Extracto de la Orden 242/2019, de 19 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2019 de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional (BOCM nº 55, de 6 de marzo).
* Orden 1657/2017, de 11 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 1104/2016, de 8 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional (BOCM nº 121, de 23 de mayo)
* Orden 1104/2016, de 8 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional (BOCM nº 92, de 19 de abril)
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).