Descripción

  • Referencia
    90592
  • Descripción

    Concesión de subvenciones a asociaciones, centros y entidades sin ánimo de lucro que tengan como objeto la financiación de proyectos, de interés general para los emigrantes madrileños.

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 06/10/2020 Fecha de fin: 04/11/2020

Requisitos

1. Ser entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan sede social en el país donde vayan a desarrollar las actividades objeto de esta subvención y entre cuyas finalidades establecidas en sus estatutos conste el desarrollo de alguna de las actividades objeto de la subvención convocada.
2. Hallarse legalmente constituidas e inscritas.
3. Estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social ante el Estado Español y la Comunidad de Madrid.
4. Presentar un proyecto con las características que se indican. Cada solicitante podrá presentar un único proyecto.
5. Haber realizado actuaciones de ayuda a los emigrantes en el año anterior a la convocatoria.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

Presentación de solicitudes

La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet. (ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

   

Información Complementaria

 

Cuantía y período subvencionable
1. El crédito destinado para la presente convocatoria será de 140.000 euros, que se imputarán a la partida 48099 del Programa 921U del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Presidencia para 2020.
2. La cuantía máxima de la subvención por beneficiario no podrá superar los 30.000 euros.
3. El pago de la subvención se realizará mediante anticipo a cuenta. No se exigirán avales o garantías cuando el importe concedido no exceda de 20.000 euros.
4. El período subvencionable comprende desde la publicación de la Orden de convocatoria en forma de extracto en el BOCM hasta el día 30 de abril de 2021.
5. El plazo de justificación terminará el 30 de junio de 2021.

 

Documentación de interés

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Viceconsejería de Presidencia y Administración Local
Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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