Última actualización: 04/03/2024

Descripción

  • Referencia
    A112
  • Descripción

    Programa primera experiencia profesional en las administraciones públicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 31/03/2022 Fecha de fin: 29/04/2022

Destinatarios

  1. Podrán tener la condición de beneficiarios de la subvención al amparo de la presente convocatoria, y siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, las siguientes entidades:
    1. Corporaciones Locales, entidades dependientes o vinculadas a la administración local del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. 
    2. Órganos de la administración de la Comunidad de Madrid, sus organismos públicos vinculados o dependientes, así como las demás entidades que integran su sector público institucional. No obstante, no podrán obtener la condición de beneficiario los órganos integrados en la Consejería concedente de la subvención.
  2. Así mismo, no podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta orden entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Requisitos

Requisitos beneficiarios:

Cada entidad podrá solicitar la subvención para la contratación de un mínimo de 2 y un máximo de 20 personas jóvenes desempleadas mediante contrato para la obtención de práctica profesional

Los puestos de trabajo solicitados deberán tener, prioritariamente, la consideración de empleos verdes o en competencias digitales, conforme a la definición establecida en el artículo 2.4 de la Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de este programa. A estos efectos, cada solicitud deberá cumplir la siguiente distribución:

  • Un mínimo de un 20% deberán ser contrataciones en empleos verdes y un mínimo de un 20% en empleos en competencias digitales, pudiendo el resto pertenecer al ámbito de empleo general. En todo caso, en la aplicación del porcentaje se redondeará al entero superior para determinar el número de contrataciones a realizar en estos ámbitos.

La distribución del apartado anterior deberá cumplirse, asimismo, respecto del total de contrataciones efectivamente realizadas.

Requisitos jóvenes destinatarios:

Las personas jóvenes deberán cumplir los siguientes requisitos en el momento del inicio de su participación en el programa, por tanto, en el momento de la formalización del contrato:

  • Ser mayor de 16 y menor de 30 años.
  • Estar inscritos como desempleados demandantes de empleo en alguna de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid. 
  • En el momento de la formalización del contrato los jóvenes deberán estar en posesión de un título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional.

En el caso de estar en posesión de un título académico extranjero, se deberá disponer de la correspondiente credencial de homologación al título equivalente en España, expedida por el órgano competente para el reconocimiento de títulos y cualificaciones extranjeras de educación en el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

  • Cumplir el resto de requisitos exigibles para formalizar un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Una memoria con la descripción de los puestos de trabajo a cubrir, especificando si estos tienen la consideración de empleos verdes o de empleos en competencias digitales, las características de las actividades a realizar y su vinculación con la titulación requerida, la duración y el número de contratos, las actividades de tutoría a realizar, así como las previsiones de los costes del programa, distinguiendo entre subvención solicitada y, en su caso, aportación de la entidad beneficiaria, según anexo II.
  2. Certificado bancario de titularidad de la cuenta que figura en la solicitud.
  3. Anexo III. “Declaración responsable cumplimiento condiciones de acceso a la subvención y compromiso de adoptar medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés”.
  4. Anexo IV “Declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo» a los seis objetivos medioambientales en el sentido del artículo 17 del reglamento (UE) 2020/852”.
  5. Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos”, según anexo V.
  6. Declaración responsable de ausencia de conflicto de interés (DACI)” según anexo VI.
  7. Cuando el solicitante sea una entidad local, certificado de aprobación, según anexo VII “Aprobación del proyecto” de esta orden, donde conste que el órgano competente de la entidad solicitante de la subvención, acordó la aprobación de las obras o servicios de competencia de la entidad local correspondientes a las ocupaciones solicitadas y la solicitud de la subvención. Asimismo, y cuando la solicitud de subvención no vaya a ser suscrita por el/la Alcalde/sa-Presidente/a del ayuntamiento o el Presidente de la mancomunidad de municipios o cargo equivalente en el organismo autónomo o la entidad dependiente o asimilada a la entidad local, en este certificado se hará constar el nombre del representante facultado para actuar en nombre y representación de la entidad solicitante. 
  8. Cuando el solicitante sea una mancomunidad, un organismo autónomo o una entidad, dependiente o asimilada a una entidad local, certificación, según Anexo VIII “Constitución y fines” de esta orden, emitida por quién ostente la competencia de fe pública de la mancomunidad, de la fecha de su creación, fines estatutarios, identificación del presidente-gerente o equivalente que realice la función directiva y, en su caso, relación de los municipios que la componen, según el modelo que se determine en la convocatoria.
  9. Las entidades u organismos del sector público de la Comunidad de Madrid deberán aportar la documentación acreditativa de la representación legal u órgano de gobierno competente para la presentación de la solicitud.
  10. En los casos en los que la solicitud no haya sido firmada por el representante legal del organismo o entidad, documentación que acredite la delegación de competencia para realizar la solicitud. 

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. Documento de identificación fiscal del solicitante. 
  2. Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, a efectos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 

En el supuesto de aplazamiento, fraccionamiento de deudas o sanciones o cuya ejecución se encuentre suspendida, deberá presentar certificados positivos de la Tesorería General de la Seguridad Social, cuya validez deberá extenderse a la fecha de concesión y pago de la ayuda.

El certificado de inexistencia de apremio en deudas con la Comunidad de Madrid se solicitará de oficio por el órgano gestor de estas subvenciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, a efectos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  2. En el supuesto de aplazamiento, fraccionamiento de deudas o sanciones o cuya ejecución se encuentre suspendida, deberá presentar certificados positivos de la Agencia Estatal Tributaria, cuya validez deberá extenderse a la fecha de concesión y pago de la ayuda.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Documentación de interés

Convocatoria primera experiencia administración pública
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Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Dos meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del «Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas», de contratación de personas jóvenes desempleadas en el seno de los servicios prestados por dichas administraciones públicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General del Servicio Público de Empleo

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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