Descripción
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ReferenciaA697
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Descripción
Subvención para municipios de la Comunidad de Madrid con una población inferior a 20.000 habitantes, que cuenten con programas de actividad física relacionados con entornos saludables, rutas o circuitos saludables, y con promotores de la actividad física encargados de la gestión y creación de los recursos y del diseño de programas básicos de promoción y activación de la actividad física.
Las ayudas están destinadas a la adecuación y mejora de las estructuras y espacios deportivos y comunitarios municipales y a la inclusión de estos en una Red coordinada de promoción de la actividad física en zonas rurales (PAFER).
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 04/04/2025 Fecha de fin: 07/05/2025
Personas destinatarias
Ayuntamientos de los municipios de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Tener una población de derecho inferior a 20.000 habitantes, según los índices de población del Instituto Nacional de Estadística, resultantes de la última revisión del padrón municipal a fecha de publicación de la convocatoria.
- Contar con programas de actividad física relacionados con entornos saludables, rutas o circuitos saludables. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante la presentación de una memoria explicativa del programa firmada por la persona titular de la alcaldía o de la concejalía delegada del Área de Deportes y un certificado del Secretario del ayuntamiento de que el proyecto incluido en dicha memoria se encuentra en ejecución.
- Contar con promotores de la actividad física encargados de la gestión y creación de los recursos y del diseño de programas básicos de promoción y activación de la actividad física, que se acreditará de la misma manera que el requisito anterior. Estos promotores de la actividad física deberán ostentar la cualificación necesaria o los requisitos habilitantes para la profesión de preparador físico, conforme a lo establecido en la ley que ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.
- No estar incursos en ninguna de las causas de prohibición establecidas en la normativa de subvenciones.
- No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas y hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Los requisitos 2 y 3 deberán mantenerse desde la convocatoria de la subvención hasta la finalización de la tramitación del procedimiento, incluyendo las fases de justificación y reconocimiento de las obligaciones.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Memoria explicativa del programa de actividad física relacionado con entornos saludables, rutas o circuitos saludables firmado por el Alcalde, Presidente o Concejal Delegado del Área de Deportes.
- Certificado del Secretario del ayuntamiento de que el proyecto incluido en la memoria explicativa del programa de actividad física referida en el apartado anterior, se encuentra en ejecución.
- Certificación del Secretario del ayuntamiento del acuerdo de aprobación de la solicitud de subvención por el órgano municipal competente.
- Certificación del Secretario del ayuntamiento, acreditativa de la titularidad municipal de las estructuras o espacios deportivos comunitarios locales donde se van a realizar la actuaciones.
- Proyecto de ejecución de las obras o suministros, destinadas a la adecuación y mejora de estructuras y espacios deportivos comunitarios, que deberá incluir la descripción de los gastos subvencionables y el presupuesto detallado.
- Certificado del Secretario de la corporación de aprobación del proyecto por el órgano competente, en su caso.
- Declaración Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) (3792F01).
- Declaración responsable de adecuación al principio de «no causar perjuicio significativo» (principio «do no significant harm DNSH») (3792F02).
- Declaración solicitud de otras subvenciones (3792F03).
- Declaración responsable de identificación del titular real (3792F04).
- Declaración responsable de compromiso de ejecución de actuaciones cumpliendo con los principios transversales del PRTR (3792F05).
- Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) (3792F06).
- Declaración de compromiso de cofinanciación (3792F07, aportar únicamente en caso de cofinanciación del proyecto).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Correo electrónico: coordinaciondeportes@madrid.org
Tramitación
Mediante resolución de la dirección general competente en materia de Deporte, se determinará la relación provisional de todas las solicitudes presentadas, admitidas y excluidas, con expresión de las causas de exclusión y la necesidad de subsanación en el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) desde el siguiente al de su publicación en la forma y lugar que se determine en la resolución. En caso de no subsanación en el plazo indicado, se le tendrá por desistida de su solicitud.
Dentro del plazo de subsanación indicado, si el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional fuese inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá reformular la solicitud para ajustar los compromisos y condiciones de dicha subvención.
Si no se reformulara la solicitud en el plazo otorgado, se mantendrá el contenido de la solicitud inicial. La reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos respecto de las solicitudes o peticiones. Una vez que las solicitudes merezcan la conformidad del órgano colegiado, se remitirán con todo lo actuado al órgano competente para que dicte la resolución.
Transcurridos los plazos anteriores, mediante resolución del director general competente en materia de Deporte, se determinará la relación definitiva de solicitudes admitidas en la correspondiente convocatoria, haciendo constar de manera expresa, la desestimación del resto de solicitudes.
Las ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva siempre que los solicitantes cumplan con las condiciones de selección y de conformidad con los criterios establecidos, y alcancen la puntuación mínima de 10 puntos establecida en la convocatoria.
Una vez evaluada cada solicitud, si la suma de las cuantías solicitadas y aprobadas, no supera el crédito disponible de 135.047,78 euros, se pagará el cien por ciento de la cuantía económica solicitada por cada uno de los ayuntamientos, hasta el importe máximo de ayuda por entidad solicitante de 17.500 euros establecido en la convocatoria.
En el supuesto de que la suma de las cuantías económicas solicitadas y aprobadas, supere el crédito disponible de 135.047,78 euros, las solicitudes serán evaluadas a fin de establecer la prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos. Las ayudas serán adjudicadas a aquellos solicitantes que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los criterios citados, hasta el importe máximo de ayuda por entidad solicitante, con el límite fijado en la convocatoria de 17.500 euros dentro del crédito disponible de 135.047,78 euros siendo denegadas el resto.
No obstante, si en la última solicitud seleccionada se llegara al límite del presupuesto fijado en la convocatoria (135.047,78 euros) sin cubrir el cien por ciento del importe solicitado por ese ayuntamiento, la cuantía de la ayuda alcanzará únicamente hasta el citado límite presupuestario.
La resolución se efectuará mediante orden del titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte a la vista de la propuesta elaborada por la Comisión de Evaluación y elevada por el titular de la Dirección General de Deportes.
El pago de la subvención será anticipado y se tramitará de oficio tras la publicación de la orden de concesión, sin constitución de garantías.
El plazo de ejecución de las actuaciones definidas deberá haber concluido con anterioridad al 28 de noviembre de 2025. En este plazo se incluye la fase de adecuación y mejora de estructuras y espacios deportivos y comunitarios objeto de la convocatoria y la fase de justificación de la ayuda concedida y comprobación del gasto.
No se recoge previsión de prolongación de plazo de actividad.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Normativa
- Extracto de la Orden 737/2025, de 18 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a la adecuación y mejora de estructuras y espacios deportivo/comunitarios en municipios con una población inferior a 20.000 habitantes, que cuenten con programas de actividad física relacionados con entornos saludables, rutas o circuitos saludables, y con promotores de la actividad física encargados de la gestión y creación de los recursos y del diseño de programas básicos de promoción y activación de la actividad física, para la inclusión de estos en una Red coordinada de promoción de la actividad física en zonas rurales (PAFER), integrados en el Componente 26 “Fomento del sector deporte”, de la Inversión C26.I02 “Plan de Transición ecológica de Instalaciones deportivas”, del Proyecto C26.I02.P03 “Promoción de la actividad física y la salud en zonas despobladas. RED PAFER”, con cargo al “Plan de recuperación, Transformación y Resiliencia”, financiado por el Fondo Europeo, NextGenerationEU, y se efectúa su convocatoria para 2025 (BOCM nº 79, de 3 de abril).
- Orden 737/2025, de 18 de marzo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a la adecuación y mejora de estructuras y espacios deportivo/comunitarios en municipios con una población inferior a 20.000 habitantes, que cuenten con programas de actividad física relacionados con entornos saludables, rutas o circuitos saludables, y con promotores de la actividad física encargados de la gestión y creación de los recursos y del diseño de programas básicos de promoción y activación de la actividad física, para la inclusión de estos en una Red coordinada de promoción de la actividad física en zonas rurales (PAFER), integrados en el Componente 26 “Fomento del sector deporte”, de la Inversión C26.I02 “Plan de Transición ecológica de Instalaciones deportivas”, del Proyecto C26.I02.P03 “Promoción de la actividad física y la salud en zonas despobladas. RED PAFER”, con cargo al “Plan de recuperación, Transformación y Resiliencia”, financiado por el Fondo Europeo, Next Generation EU, y se efectúa su convocatoria para 2025 (BOCM nº 79, de 3 de abril).
- Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 300, de 15 de diciembre).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).