Descripción

  • Referencia
    A247
  • Descripción

    Suscripción de Convenio de Colaboración con Corporaciones Locales para el Desarrollo de Programas de Prevención y Control de Absentismo Escolar.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • 13/03/2023
    Publicación de la relación definitiva de entidades solicitantes.
  • 16/02/2023
    Lista provisional de admitidos y excluidos. Se abre plazo de alegaciones del 17 de febrero al 2 de marzo de 2023

    La presentación de alegaciones se realizará mediante el servicio de tramitación digital Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 25/10/2022 Fecha de fin: 16/11/2022

Requisitos

Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, excepto el municipio de Madrid, en los que exista alumnado entre 6 y 16 años de edad que se encuentre escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Propuesta de actividades a desarrollar en el municipio durante el año 2023, de acuerdo con el Programa Marco de prevención y control del absentismo escolar, firmada por el Concejal/a competente en materia de educación (Anexo I).
  2. Acuerdo del órgano competente del Ayuntamiento solicitante, autorizando la celebración del convenio de colaboración para la prevención y control del absentismo escolar para el año 2023.
  3. Certificado expedido por el órgano competente en el que se acredite la identidad del Alcalde/sa Presidente/a del municipio y la fecha de toma de posesión en el cargo.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Tramitación

Concluido el plazo de presentación de solicitudes se hará pública la relación provisional de entidades solicitantes y el plazo para formular, en su caso, las alegaciones oportunas.

Transcurrido este plazo se publicará la relación definitiva de solicitantes.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Tres meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política Educativa
Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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