Descripción

  • Referencia
    82801
  • Descripción

    Becas para el estudio del primer y segundo curso de Formación Profesional de Grado Superior (modalidad presencial) en centros privados autorizados para el curso 2018/2019.

Requisitos

1. Estar matriculado (o tener reserva de plaza) en algún curso de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Superior, en la modalidad presencial, en un centro privado autorizado por la Consejería competente en materia de Educación, siempre que para dicho curso y ciclo no se haya suscrito concierto o convenio con dicha Consejería.
2. Estar matriculado del curso completo y no ser repetidor del mismo en el curso 2018/2019.
3. No superar la edad de 35 años, en el caso de los solicitantes de beca para realizar el primer curso de Formación Profesional de Grado Superior y no superar la edad de 36 años en el caso de los solicitantes de beca para realizar el segundo curso. En ambos casos los solicitantes no deberán superar el límite de edad a 31 de diciembre de 2018.
4. No superar el límite de renta per cápita familiar de 20.000 euros.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

Presentación de solicitudes

Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

   

Información Complementaria


Cuantía

La cuantía de la beca anual se establecerá en función de la renta per cápita familiar de la siguiente manera:

Tramo de renta per cápita familiar Cuantía para el
primer curso
Cuantía para el
segundo curso
Hasta 6.455 euros 2.600 € 2.020 €
De 6.455,01 a 9.318 euros 2.300 € 1.780 €
Más de 9.318 euros 2.000 € 1.540 €

En el caso de alumnos beneficiarios o familias beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción, la cuantía de la beca será de 3.200 € euros anuales para los alumnos que realicen el primer curso y de 2.500 € anuales para los alumnos que realicen el segundo curso, y el centro no podrá cobrar otras cantidades en concepto de escolaridad. Estas mismas condiciones se aplicarán también en casos excepcionales, cuando se constate mediante informe de los Servicios Sociales municipales la especial situación socioeconómica de una familia o se haya acreditado la condición de refugiado.

Se podrán consultar las preguntas frecuentes, en el apartado Información relacionadaen el apartado de documentación

Documentación de interés

Preguntas frecuentes (Fase recurso)
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58.19 KB
Preguntas frecuentes (Fase subsanación)
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70.58 KB
Convocatoria
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244.57 KB
Preguntas más frecuentes fase presentación de solicitudes
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120.41 KB

Tramitación

Calendario de actuaciones

17/12/2019 Orden por la que se aceptan renuncias
Orden 3415/2019, de 12 de noviembre (BOCM nº 299, de 17 de diciembre)
09/05/2019 Relación de nuevos beneficiarios por Orden 1302/2019
(Ver listado en el calendario de esta ficha).
21/03/2019 Orden 894/2019 de nuevos beneficiarios
(Ver listado en el calendario de esta ficha).
21/11/2018 Relación definitiva de admitidos y excluidos
Se podrá consultar en el siguiente enlace
Orden 4130/2018, de 16 de noviembre (BOCM nº 278, de 21 de noviembre)
* Plazo de recurso: del 22 de noviembre al 21 de diciembre de 2018, ambos inclusive.
03/09/2018 Relación provisional de admitidos y excluidos
Se podrá consultar en el siguiente enlace
* Reclamaciones: Del 4 al 17 de septiembre de 2018, ambos inclusive. 

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política y Organización Educativa
Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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