Última actuación
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31/01/2025Lista de beneficiarios. 1ª Quincena de febrero de 2025
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Personas desempleadas participantes en acciones de formación profesional para el empleo financiadas con fondos públicos de la Dirección General responsable en materia de formación.
- No podrán ser beneficiarios de estas ayudas los trabajadores a tiempo parcial, los trabajadores fijos discontinuos en los periodos de ocupación, los que tengan la situación de su demanda de empleo en mejora de empleo, los trabajadores pertenecientes al sector agrario y los trabajadores autónomos.
Requisitos
- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo.
- Disponer de tarjeta de transporte público.
- La acción formativa que esté cursando deberá tener una duración mínima de 100 horas e impartirse en modalidad presencial.
- Haber superado el primer 25 por ciento de una acción formativa:
- dirigida a la obtención de un certificado de profesionalidad sin incluir el módulo de prácticas no laborales, o bien
- el resto de especialidades incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE.
Los requisitos exigidos se deben cumplir durante todo el tiempo en el que se es beneficiario de la ayuda.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Fotografía de la tarjeta de transporte.
- Si la presentación de la solicitud se realiza por medio de la entidad de formación, se deberá adjuntar cumplimentado el Anexo III de Autorización para la presentación y firma de la solicitud.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Informe de vida laboral.
- Documento de identidad DNI o NIE.
- Demanda de empleo (DARDE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para dudas o consultas puedes contactar a través del correo electrónico ayudas.transporte@madrid.org
Normativa
- Orden de 13 de noviembre de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el crédito presupuestario disponible para financiar las ayudas al transporte público urbano y/o interurbano a trabajadores desempleados que participen en acciones de formación profesional para el empleo financiadas con fondos públicos, a través del Consorcio Regional de Transportes de Madrid para el año 2026 (BOCM nº 284, de 28 de noviembre).
- Orden de 28 de octubre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el crédito presupuestario disponible para financiar las ayudas al transporte público urbano y/o interurbano a trabajadores desempleados que participen en acciones de formación profesional para el empleo financiadas con fondos públicos, a través del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, para el año 2025 (BOCM nº 270, de 12 de noviembre).
- Instrucción de la Directora General de Formación sobre interpretación y aplicación de la Orden de 20 de diciembre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las normas reguladoras para la concesión de ayudas al transporte público urbano y/o interurbano a trabajadores desempleados que participen en acciones de formación profesional para el empleo financiadas con fondos públicos, a través del Consorcio Regional de Transportes de Madrid.
- Orden de 15 de noviembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el crédito presupuestario disponible para financiar las ayudas al transporte público urbano y/o interurbano a trabajadores desempleados que participen en acciones de formación profesional para el empleo financiadas con fondos públicos, a través del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, para el año 2024 (BOCM nº 285, de 30 de noviembre).
- Orden de 10 de enero de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el crédito presupuestario disponible para financiar las ayudas al transporte público urbano y/o interurbano a trabajadores desempleados que participen en acciones de Formación Profesional para el Empleo financiadas con fondos públicos, a través del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, para el año 2023 (BOCM nº 19, de 23 de enero)
- Orden de 4 de octubre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las normas reguladoras para la concesión directa de ayudas al transporte público urbano y/o interurbano a trabajadores desempleados que participen en acciones de formación profesional para el empleo financiadas con fondos públicos, a través del Consorcio Regional de Transportes de Madrid (BOCM nº 302, de 20 de diciembre).
- Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación (BOE nº 78, de 1 de abril).
- Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral (BOE nº 159, de 5 de julio).
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley 38/2003 (BOE nº 176, de 25 de julio).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre).
- Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y demás normativa aplicable (BOE nº 119, de 19 de mayo).
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Empleo
- D. G. de Formación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Un mes
Calendario de actuaciones
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01/03/2019
-
31/01/2019
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud