Descripción
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Referencia89680
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Descripción
Ayudas cuya finalidad es la compensación de los gastos que supone a los alumnos el desplazamiento por sus propios medios al centro docente donde cursan estudios en caso de no poder hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería de Educación y Juventud.
Calendario de actuaciones
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15/12/2020Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
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26/10/2020Fecha de publicación de lista provisional de admitidos
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 25/06/2020 Fecha de fin: 15/07/2020
Destinatarios y/o requisitos
1. Los alumnos deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden por la que se declare el importe de los créditos presupuestarios disponibles, los siguientes requisitos:
Estar matriculado, en el curso académico al que se refiera la Orden por la que se declare el importe de los créditos presupuestarios disponibles, en un centro, ubicado en la Comunidad de Madrid, en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria. En el caso de Educación Especial se deberá estar matriculado en un centro de Educación Infantil Especial o Educación Básica Obligatoria.
2. La condición de beneficiario podrá obtenerse aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
a) Por Internet
Para realizar el trámite por internet, vaya al apartado “Gestión” y pulse en la opción “Tramitar”.
Además de presentar la Solicitud, deberá adjuntar el Anexo firmado por todos los integrantes de la unidad de convivencia mayores de edad (previamente imprimir el Anexo, firmarlo, escanearlo y adjuntarlo junto con la solicitud).
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial:
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea e imprimir.
Las solicitudes podrán presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Dirección de Área Territorial correspondiente al centro escolar en el que el alumno esté matriculado, en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Consejería de Educación y Juventud (C/ General Díaz Porlier, 35), o en cualquier Oficina de Asistencia en Materia de Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Si desea acudir a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid para realizar las gestiones y trámites de su interés, solicite cita previa.
Información Complementaria
Cuantía:
La cuantía de la ayuda se calculará, fundamentalmente, teniendo en cuenta la distancia entre el domicilio familiar y el centro docente, oscilando entre 260 euros hasta 1.100 euros por alumno/curso.
Procedimiento de concesión:
Las ayudas se otorgarán por procedimiento de concesión directa, de acuerdo con el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, sin concurrencia entre los solicitantes.
Tramitación
Calendario de actuaciones
14/12/2020 | Resolución de convocatoria - Orden 3022/2020, de 20 de noviembre (BOCM Nº 304, de 14 de diciembre) - Orden 3160/2020, de 3 de diciembre (BOCM Nº 304, de 14 de diciembre) Puede realizar la consulta individual en el siguiente enlace. |
* Plazo para presentar recurso de reposición: Del 15 de diciembre de 2020 al 14 de enero de 2021.
(Ver modelo recurso ) |
23/10/2020 |
Relación provisional de solicitudes presentadas y excluidas. Puede realizar la consulta individual en el siguiente enlace. |
* Reclamaciones: - Plazo de inicio (todas las DAT’s): 26 de octubre, inclusive. - Plazo final, Madrid Capital: 10 de noviembre, inclusive (el 9 es fiesta local). - Plazo final, restantes DAT’s: 9 de noviembre, inclusive. (Ver modelo de subsanación en el apartado Gestión). |
24/06/2020 | Orden de convocatoria Orden 1233/2020, de 12 de junio (BOCM nº 152, de 24 de junio). |
* Plazo para presentar la solicitud: Del 25 de junio al 15 de julio de 2020. (Ver modelo de solicitud ) |
Normativa
* Orden 1233/2020, de 12 de junio, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2019-2020 y se establece el plazo de presentación de solicitudes y el período subvencionable (BOCM nº 152, de 24 de junio).
* Acuerdo de 13 de mayo de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas individualizadas para el transporte escolar (BOCM nº 152, de 24 de junio).
* Acuerdo de 27 de noviembre de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas individualizadas para el transporte escolar (BOCM nº 290, de 5 de diciembre).
Órgano Responsable
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13 diciembre 2016
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).