Descripción

  • Referencia
    A204
  • Descripción

    El objeto de estas ayudas es la financiación de la prestación de los servicios de recogida y transporte de residuos domésticos a los municipios de la Comunidad de Madrid de población igual o inferior a los 2.500 habitantes.

    Será subvencionable la actividad de recogida y transporte de residuos domésticos de las siguientes fracciones: bolsa de resto, envases, papel/cartón, biorresiduos, residuos de construcción y demolición de obra menor y puntos limpios en su caso.

    El plazo de realización de la actividad subvencionable se contará desde el 1 de enero del año de prestación del servicio hasta el 31 de diciembre de ese mismo año.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 10/08/2022 Fecha de fin: 30/11/2022

Requisitos

Destinatarios:

Municipios de la Comunidad de Madrid agrupados o mancomunados y excepcionalmente municipios no mancomunados, de población igual o inferior a 2.500 habitantes para la recogida y transporte de los residuos domésticos.

 

Requisitos de los solicitantes:

  1. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y de la Comunidad de Madrid, así como frente a la Seguridad Social.
  2. Las Entidades Locales deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de la obligación de la rendición de sus cuentas anuales a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
  3. No podrán tener la condición de beneficiarios las entidades en que concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.

 

Requisitos de la documentación:

La Memoria sobre la prestación de los servicios de recogida y transporte de residuos domésticos deberá incluir, en su caso:

  1. La relación de municipios mancomunados y no mancomunados, a los que da servicio la Mancomunidad /Agrupación.
  2. Los municipios que soliciten ayudas de forma directa deberán justificar que no haya municipios cercanos, es decir los que permitan técnica y económicamente una recogida conjunta más económica, con similares características de población, en número de habitantes, y que no exista mancomunidad de recogida próxima que le pueda prestar el servicio.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Certificado del Secretario que justifique el Servicio de recogida a realizar adjuntando un presupuesto de los trabajos de forma pormenorizada.
  2. Certificación del Secretario/a Mancomunidad/Agrupación o municipal en la que conste los acuerdos de la entidad local o del órgano municipal competente aprobando la solicitud de subvención y cantidad que se solicita de forma pormenorizada.
  3. Memoria sobre la prestación de los servicios de recogida y transporte de residuos domésticos.
  4. Certificado acreditativo de haber cumplido con la obligación de rendición de cuentas anuales ante la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, en los términos previstos en la Orden de 14 de enero de 2014, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regula la acreditación del cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales de las Entidades Locales de la Comunidad de Madrid beneficiarias de subvenciones.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motiva, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Tesorería de la Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Para dudas o consultas puedes contactar a través del correo electrónico area.infraestructuras@madrid.org

Tramitación

Las solicitudes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden de presentación de solicitudes.

La subvención se otorgará si se cumplen los requisitos establecidos. Los técnicos de la Dirección General competente en materia de residuos emitirán informe acerca de su cumplimiento.

El órgano instructor formulará las propuestas de resolución y elevará al titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente, quien resolverá la concesión o denegación.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Cuatro meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Acuerdo de 11 de noviembre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid de población igual o inferior a 2.500 habitantes, para la recogida y transporte de los residuos domésticos.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Transición Energética y Economía Circular

Convocatorias anteriores

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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