Última actuación
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21/12/2023Resolución parcial de la convocatoria
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Entidades del Tercer Sector de Acción Social es decir aquellas organizaciones de carácter privado, surgidas de la iniciativa ciudadana o social, bajo diferentes modalidades, que responden a criterios de solidaridad y de participación social, con fines de interés general y ausencia de ánimo de lucro, que impulsan el reconocimiento y el ejercicio de los derechos civiles, así como de los derechos económicos, sociales o culturales de las personas y grupos que sufren condiciones de vulnerabilidad o que se encuentran en riesgo de exclusión social, así como la Cruz Roja Española que propongan proyectos a ejecutar en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- En el caso que alguna de las entidades solicitantes de la subvención sea una federación, confederación o persona jurídica similar, tendrán igualmente la consideración de entidades beneficiarias.
Requisitos
Las entidades solicitantes y ejecutantes, deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos, que deberán mantenerse hasta la completa ejecución del proyecto subvencionado:
- Estar legalmente constituidas al menos con dos años de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones.
- Carecer de fines de lucro.
- Estar inscritas, cuando proceda, en el Registro administrativo correspondiente.
- Tener fines institucionales, recogidos en sus estatutos, adecuados a la finalidad de la subvención y propios para la realización de las actividades consideradas subvencionables.
- Tener experiencia y especialización en la atención al colectivo o colectivos a los que se dirigen los proyectos.
- No tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de entidad beneficiaria.
- Cumplir con las obligaciones que en materia de protección de datos personales impone al responsable de tratamiento la normativa vigente.
- Haber justificado, en caso de que haya finalizado el plazo para ello, las ayudas económicas recibidas con anterioridad por este concepto de la Administración del Estado o de la Comunidad de Madrid.
- Compromiso de suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro de responsabilidad civil.
- Compromiso de suscribir y mantener en vigor póliza de seguro de accidentes y enfermedad y de responsabilidad civil a favor del personal voluntario que participe en los programas subvencionados.
Documentación
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid, en función de la solicitud que vayas a presentar.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- DNI/NIE del representante legal.
- Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social expedido dentro de los 15 días inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
- Documento acreditativo de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Hacienda de la Comunidad de Madrid
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Documentación básica
- Estatutos o normas fundacionales de la entidad y acta fundacional.
- Acreditación del representante legal de la entidad con los estatutos o normas fundacionales, el poder notarial o el acuerdo de la Junta Directiva, Consejo de Administración o Asamblea
- Certificación de la inscripción en el Registro administrativo que corresponda.
Anexos a presentar
- Declaración responsable del Representante de la entidad solicitante sobre la modalidad de presentación de solicitudes (apartado vigésimo subapartado 1 “límite máximo de solicitudes”) (Anexo 2)
- Declaración responsable del representante legal de la entidad (Anexo 3)
- Memoria de la Entidad (Anexo 4): anexo 4 a) modalidad presentación general, y anexo 4 b) modalidad presentación agrupaciones sin personalidad jurídica.
- Memoria del proyecto (Anexo 5).
- Declaración responsable del Responsable o del Encargado del Tratamiento de Datos de la entidad de que dicho tratamiento se realiza de conformidad con la normativa aplicable (Anexo 6).
- En su caso, acreditación del representante legal de la entidad (Anexo 7)
- Si las hay, relación de entidades ejecutantes (Anexo complementario A al anexo 1)
- Si se trata de agrupaciones de entidades sin personalidad jurídica, relación de los miembros de la misma (Anexo complementario B al anexo 1)
Documentación Complementaria
- Certificado de que la entidad ha superado el proceso de certificación de gestión de calidad o de excelencia en la gestión.
- Certificado de que la entidad ha superado el proceso de certificación de responsabilidad social empresarial o de empresa familiarmente responsable.
- Certificado de que la entidad ha superado el proceso de certificación de accesibilidad universal.
- Certificados de tener planes de mejora de la calidad vigentes a la fecha de convocatoria y que garanticen el control de los procesos y programas
- Contrato de alquiler o cesión del centro donde se van a realizar las obras.
- Autorización del propietario del centro para la realización de las obras.
- Documentación que acredite la financiación de fondos europeos para el proyecto para el que solicita la subvención
- Documentos emitidos por centros públicos que acrediten la viabilidad y la oportunidad del proyecto (proyectos que se vayan a ejecutar en centros educativos, sanitarios, penitenciarios o de atención residencial de titularidad pública).
- Acuerdo de constitución de la agrupación (Agrupaciones de entidades sin personalidad jurídica)
Información adicional
Para consultas relacionadas con este trámite, puedes dirigirse al correo genérico: unidad.irpf@madrid.org
Normativa
- Orden 3154/2023, de 25 de octubre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se amplía la cuantía del crédito de la Orden 2411/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2023 subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 256, de 27 de octubre)
- Orden de 2452/2023, de 31 de julio, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se declara la aplicación de la tramitación de urgencia a los expedientes de solicitud de subvenciones para la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por ciento del rendimiento de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid para el año 2023 (BOCM nº 186, de 7 de agosto).
- Extracto de la Orden 2411/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2023 subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 180, de 31 de julio).
- Orden 2411/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2023 subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 180, de 31 de julio).
- Orden 1619/2022, de 15 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se modifica la Orden 1468/2022, de 24 de junio, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general consideradas de interés social con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 169, de 18 de julio de 2022).
- Orden 1468/2022 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por ciento del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 154, de 30 de junio de 2022).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Servicios Sociales e Integración
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Tres meses
Calendario de actuaciones
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22/08/2023Requerimientos de subsanación
La fase se subsanación se hace mediante requerimientos personalizados a los expedientes presentados donde se indica el plazo para su contestación
La aportación de documentos de la subsanación se realizará mediante el servicio de tramitación digital Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 01/08/2023 Fecha de fin: 16/08/2023
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud