Descripción
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ReferenciaA151
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Descripción
Procedimiento, para el año 2022, en la Comunidad de Madrid, para:
- La apertura y convocatoria de la solicitud de participación en el Programa Agroambiental, para el período 2022-2024, destinado al mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.
- La convocatoria de la primera anualidad de los beneficiarios del Programa Agroambiental para el período 2022-2024 para el mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.
- La regulación del resto de las anualidades del Programa Agroambiental para el período 2022-2024 para el mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.
El objeto de estas subvenciones es fomentar la utilización en la producción animal de las razas autóctonas en peligro de extinción existentes de la Comunidad de Madrid con objeto de favorecer la biodiversidad de la zona, la extensificación de las producciones ganaderas y la coexistencia de una ganadería autóctona tradicional y con vocación de calidad con otras razas y tipos de explotaciones ganaderas.
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TasaNo requiere el pago de tasas
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Más información
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 18/05/2022 Fecha de fin: 07/06/2022
Destinatarios
- Personas físicas o jurídicas, titulares de las explotaciones agrarias situadas en la Comunidad de Madrid que se comprometan por un período de tres años, salvo causa de fuerza mayor, a cumplir con los requisitos siguientes y con los compromisos agroambientales exigidos.
Requisitos
Requisitos de los beneficiarios
- Ser agricultor, tal y como se define en el art. 4.1.a) del Reglamento (UE) 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) 637/2008 y (CE) 73/2009 del Consejo.
- Tener una explotación ganadera con razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid. Se consideran razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid las siguientes:
- Bovino: Berrenda en Colorado y Berrenda en Negro.
- Ovino: Colmenareña y Rubia del Molar.
- Caprino: Cabra del Guadarrama.
- Presentar un plan de conservación y mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en el que se detalle el número de hembras reproductoras que se compromete a mantener y la raza en cuestión. Se incluye como Anexo III una indicación de los contenidos básicos de este plan de conservación y mantenimiento.
Documentación a presentar
Aviso importante:
Antes de realizar este trámite, es imprescindible la presentación de la solicitud única, a través del Sistema de Gestión de Ayudas (SGA).
Documentación a presentar:
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas, cuando legalmente sea exigible o certificado de exención o última declaración del Impuesto de Sociedades.
- Impreso de la Solicitud Única.
- Escritura de constitución o Estatutos sociales y nota de inscripciones actualizada en el registro correspondiente, en el caso de que el solicitante sea persona jurídica.
- Certificación del acuerdo válidamente tomado en Junta o Asamblea General haciendo constar las ayudas que solicitan, representante designado para solicitar la ayuda y certificación del número de socios, en el caso de que el solicitante sea persona jurídica.
- Documentación acreditativa de la representación del solicitante.
- Plan de conservación y mantenimiento de la explotación referido a la raza para la cual se solicita la ayuda, en el que se detallará el número de hembras reproductoras que se compromete a mantener.
- Certificado de la Asociación de Conservación de la Raza Autóctona que acredite la pertenencia del beneficiario a dicha Asociación y el número de animales inscritos en el Libro Oficial Genealógico.
- Certificado de la entidad bancaria acreditativo de la titularidad de la cuenta en la que se solicita el ingreso de la ayuda solicitada, que será la misma que la cuenta de pago de la Solicitud Única.
- Libro de registro de explotación ganadera y de tratamientos veterinarios actualizado.
- En caso de ser titular de maquinaria agrícola: Copia de la Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (con fecha última inspección) y/o ITEAF en vigor.
- Certificado que acredite que el solicitante pertenece a una Agrupación de Defensa Sanitaria (ADS).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI/NIE del solicitante
- DNI/NIE del representante
- En la fase del procedimiento que sea exigible según la normativa aplicable. Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
La solicitud, debidamente registrada, se adjuntará con toda la documentación a aportar a través del Sistema de Gestión de Ayudas (SGA).
Cuantía:
Estas ayudas se convocan con un presupuesto total de 750.000 euros para el Programa Agroambiental 2022-2025, estando cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 75 por 100, por la Administración General del Estado en un 7,5 por 100 y por la Comunidad de Madrid en un 17,5 por 100 restante.
Tramitación
Una vez que la unidad de tramitación (Área Feader SIGC) recibe la solicitud debidamente cumplimentada se siguen los siguientes pasos para su tramitación:
- Revisión de la documentación aportada. En caso de estar incompleta o incorrecta, se realizará un requerimiento.
- Realización de los controles administrativos que procedan.
- Celebración de un Comité Técnico de Evaluación en el que se informarán favorablemente aquellas solicitudes que cumplan con los requisitos exigidos y desfavorablemente las que no.
- Tramitación de la fase de Disposición del Gasto, emitiéndose la correspondiente Orden de Concesión de ayudas que se hará llegar a cada beneficiario.
- Elaboración de una Plan de Controles sobre el terrero
- Tramitación de la fase de Pago
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Extracto de la Orden 1116/2022, de 5 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se procede a la apertura y convocatoria de participación en el Programa Agroambiental 2022-2024 para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid, se procede a la convocatoria de la primera anualidad de dicho programa, correspondiente al año 2022, y se regula el pago del resto de las anualidades de dicho Programa Agroambiental, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado (BOCM nº 116, de 17 de mayo)
- Corrección de errores de la Orden 2916/2017, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de la ayudas para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) (BOCM nº 250, de 20 de octubre)
- Orden 2916/2017, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) (BOCM nº 248, de 18 de octubre)
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).