Última actualización: 04/03/2024

Descripción

  • Referencia
    A177
  • Descripción

    Subvenciones para favorecer la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios personalizados de inserción.

    Se pretende apoyar la realización de acciones de diferente naturaleza que tiene por objeto la adquisición de unas competencias sociales y destrezas laborales básicas para poder su inserción laboral.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 27/06/2022 Fecha de fin: 08/07/2022

Destinatarios

  • Entidades promotoras de empresas de inserción y las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de integración laboral de colectivos vulnerables en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con una experiencia en este tipo de actuaciones de, al menos, dos años.
     

Requisitos

Personas desempleadas e inscritas en los servicios públicos de empleo que se encuentren incluidas en alguno de estos colectivos de personas en situación o riesgo de exclusión social:

  1. Personas perceptoras de rentas mínimas de inserción o del ingreso mínimo vital, a excepción de aquellas que simultáneamente estén participando en itinerarios laborales promovidos por las Administraciones u organismos públicos competentes en la concesión de dichas rentas o ingreso.
  2. Personas que no puedan acceder a las rentas mínimas de inserción por:
    1. Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la Unidad Perceptora.
    2. Haber agotado el periodo máximo de percepción legalmente establecido.
    3. Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de Protección de Menores.
    4. Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
    5. Personas internas de centros penitenciarios y personas exreclusas en situación de desempleo.
    6. Minorías étnicas, inmigrantes o personas con responsabilidades familiares no compartidas y en situación o riesgo de exclusión.
    7. Menores internos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
    8. Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
    9. Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social autorizados por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
    10. Personas en desempleo de muy larga duración.
    11. Jóvenes que no hayan finalizado el período de escolaridad obligatoria y se encuentren en situación de desempleo.
    12. Las personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, según lo previsto en el artículo 5, apartado c), del Real Decreto 818/2021.
    13. Las mujeres víctimas de violencia de género, según lo previsto en según lo previsto en el artículo 5, apartado e) del Real Decreto 818/2021.
    14. Las víctimas de trata de seres humanos, según lo previsto en el artículo 5, apartado f) del Real Decreto 818/2021.
    15. Las personas trans que así lo acrediten con arreglo a la normativa vigente.
    16. Cualquier otro colectivo o personas que, en atención a sus características y situación socio-económica, el servicio público de empleo o servicios sociales consideren en situación de riesgo o exclusión social.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Acreditación de la personalidad jurídica mediante copia de la escritura de constitución/estatutos actualizada.
  2. Copia de la inscripción en el Registro Mercantil, en el Registro de Asociaciones o Registro de Sociedades Cooperativas.
  3. Copia del NIF de la entidad y de su representante.
  4. Acreditación de la capacidad legal de representación de la persona firmante de la solicitud.
  5. En el caso de las entidades promotoras de empresas de inserción, de no existir modificaciones sobre la documentación que obra en poder de la Administración, bastará con la presentación de certificado, expedido por el representante legal de la entidad, de vigencia de las escrituras, estatutos, de los poderes y del NIF aportados al Registro de Empresas de Promoción e Inserción Laboral.
  6. Copia del VILEM: Informe de vida laboral de la entidad solicitante que comprenda los tres años anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud de todos los códigos de cuenta de cotización de la entidad, así como el último documento de Relación Nominal de Trabajadores (RNT) o el documento de la Seguridad Social que lo sustituya.
  7. Copia del último recibo pagado del Impuesto de Actividades Económicas. En el supuesto de exención, se justificará con la aportación de original o copia de la resolución expresa de concesión de la exención en dicho impuesto.
  8. Datos del personal de la UTIL: coordinador, personal técnico y administrativo asignado al proyecto.(Anexo II)
  9. Memoria de la entidad solicitante, con indicación de su inscripción legal, acreditación de la experiencia de la entidad en la gestión de proyectos de integración laboral de colectivos vulnerables durante, al menos, los dos años precedentes a la presentación de la solicitud, los procedimientos de actuación, los recursos utilizados, incluyendo las subvenciones recibidas, y los resultados obtenidos en el acceso al empleo de las personas participantes. Se deberá presentar justificación documental que acredite las actuaciones realizadas o, cuando ello no sea posible, declaración firmada por el/la responsable de la entidad descriptiva de la actuación realizada.
  10. Memoria-Proyecto de las actuaciones a desarrollar, indicando el número de participantes previstos con indicación, si ello es posible, de los colectivos destinatarios.
  11. Memoria de los recursos humanos disponibles, donde se incluya el organigrama de gestión, el personal técnico que se aporta al proyecto y el apoyo administrativo. Esta Memoria incluirá los currículos vitae de las personas y la descripción de las tareas que realizará cada una de ellas firmada por el/la representante legal de la entidad.
  12. Informe de los recursos materiales, con indicación de las infraestructuras disponibles adjuntando plano y fotos de las instalaciones, detalles de la accesibilidad, relación de mobiliario, relación y dotación de material informático, incluyendo el software de uso del mismo y las características de la conexión a Internet firmada por el/la representante legal de la entidad.
  13. Informe de valor añadido del proyecto, en su caso, presentado firmado por el/la representante legal de la entidad: recursos de la entidad que refuerzan las posibilidades de acceso a la formación profesional ocupacional, acceso a las prácticas no laborales, pre-acuerdos con empresas para la contratación u otros que la entidad considere relevantes para incrementar las oportunidades de inserción laboral de las personas participantes.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. Certificado de hallarse al corriente en el pago de las obligaciones con la Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Seis meses.
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de 6 de junio de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan para el año 2022 subvenciones para la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios de inserción, financiada a través del Eje REACT-UE en el marco del Programa Operativo regional del Fondo Social Europeo.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General del Servicio Público de Empleo

Convocatorias anteriores

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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