Última actuación
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28/03/2025Apertura de la tramitación del pago de las subvenciones
Se abre plazo de solicitud de pago de la subvención del 28 de marzo al 31 de diciembre de 2025.
Pulsa Tramitar para acceder al formulario en línea "Solicitud de pago (Anexo XIII)" a través de la opción Tramitar, así como a los anexos "Comunicación de finalización de las inversiones financiadas con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) (Anexo VII)" y "Justificación: Relación de facturas (Anexo XIV)".
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas físicas y jurídicas
Requisitos
Programa 1: Inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería
- Personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública o privada, incluidas las explotaciones de titularidad compartida previstas en la ,que sean titulares de explotaciones ganaderas siempre que tengan la consideración de PYMES.
- Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, o sin personalidad propia -, y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente, que integren, un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de PYMES.
- Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que las actuaciones se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones ganaderas concretas que tengan la consideración de PYMES, cuyos titulares habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.
- Centros gestores de estiércoles siempre que tengan la consideración de PYMES.
Programa 3: Inversiones en eficiencia energética y energías renovables (biogás y biomasa agrícola)
- Personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública o privada, incluidas las explotaciones de titularidad compartida ,que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera.
- Cuando se trate de inversiones colectivas, personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, o sin personalidad propia , que integren un mínimo de cinco titulares de explotación y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente cuyos miembros sean titulares de una explotación agrícola o ganadera.
- Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que las actuaciones se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones agrícolas y ganaderas concretas, que habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.
Programa 4: Aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0
- Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, incluidas las explotaciones de titularidad compartida ,que sean titulares de explotaciones ganaderas y/o agrícolas siempre que tenga la consideración de PYMES.
- Personas físicas o jurídicas que presten servicios agrarios, entendiendo por tales quienes desarrollen actividades económicas inscritas en el epígrafe 911, en el 912 o en el 851 en el Impuesto de Actividades Económicas siempre que tenga la consideración de PYMES.
- Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, o sin personalidad propia que integren un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de PYMES y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente cuyos miembros sean titulares de una explotación agrícola y/o ganadera.
- Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que los proyectos de inversión se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones concretas que tengan la consideración de PYMES, cuyos titulares habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Acreditación de la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT.
- Memoria descriptiva del proyecto de inversión.
- Ofertas, bases de precios o facturas proforma que acrediten el presupuesto de ejecución de la inversión.
- Código/s REGA/REGEPA.
- Acreditación joven agricultor.
- Contratos de trabajo y altas en la Seguridad Social a efectos de acreditar el requisito de mantenimiento/creación de empleo según artículo.
- Declaración de cesión y tratamiento de datos (Anexo II).
- Compromisos Generales (Anexo VIII).
- Declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo» (Anexo III).
- Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones (Anexo IV).
- Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) (Anexo V).
- Declaración responsable relativa al cumplimiento del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio (Anexo VI).
- Documento u oferta vinculante contractual de los costes de diseño, redacción y dirección del proyecto.
- Consentimiento de los titulares de las explotaciones beneficiarias de la actuación cuando el solicitante sea un Consorcio u otra forma de colaboración público-privada.
- En el supuesto de subvenciones > 30.000 € y para entidades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: Certificación, emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, del cumplimiento de los plazos legales de pago.
- Para acreditar que un solicitante es Agricultor Profesional: Última declaración del IRPF .
- En caso de inversiones colectivas: Acuerdo o pacto para la realización de la inversión.
Adicionalmente, para el Programa 1:
- Documentación acreditativa de ser PYME.
Adicionalmente para el Programa 3:
- Documentación acreditativa de ser PYME.
- Plano de localización de la inversión (zonas asistidas).
- Justificación del tipo de empresa (pequeña, mediana).
- Proyecto o memoria técnica de diseño (según proceda para la actuación) que se haya aportado al órgano competente de la comunidad autónoma para la obtención del acta de puesta en servicio y/o Certificado de la instalación térmica (sustitución de calderas).
- Acreditación por parte del fabricante del equipo del cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones para el combustible que se vaya a utilizar (calderas de menos de 1 MW).
- Compromisos adicionales Programa 3 (Anexo IX).
Adicionalmente para el Programa 4:
- Documentación acreditativa de ser PYME.
- Certificado de la AEAT de estar dado de alta en los epígrafes 911, 912 o 851.
- Compromisos adicionales programa 4 (Anexo X).
- Relación de maquinaria existente en la explotación.
- Certificado del fabricante o comercializador de la máquina, donde se recoja que ha comprobado la compatibilidad de las máquinas a adaptar existentes en la explotación, o la compatibilidad con otros equipos si se trata de equipos auxiliares.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
NIF/NIE del solicitante/representante:
- Certificado de estar al corriente de pago con la SS (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
- Acreditación en su caso de la inscripción en el Registro de Explotaciones Prioritarias.
- Acreditación en su caso de la inscripción en el Registro de Titularidad Compartida.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes
Información adicional
Para consultas relacionadas con este trámite, dispones del correo electrónico: ayudas_agrarias@madrid.org
Normativa
- Extracto de la Orden 2001/2023, de 19 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueba la convocatoria 2023, de las ayudas destinadas a proyectos de inversión dentro del Plan de Impulso de la Sostenibilidad y la Competitividad de la Agricultura y la Ganadería (III) en el marco del PRTR, financiado por la Unión Europea-Next GenerationEU (C3.I4.P01.S11) (BOCM nº 158, de 5 de julio).
- Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE nº 263, de 3 de noviembre de 2021)
Órgano Responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Para el estudio de los expedientes se podrá requerir información o documentación complementaria que se considere necesaria.
Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos, no aportara la totalidad de la documentación exigida, o existieran defectos en la documentación aportada, se requerirá al interesado para subsane los defectos a aporte la documentación.
Si en un plazo de diez días no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución expresa.
Una vez estudiado el expediente los técnicos de la Dirección General competente emitirán un informe acerca de la valoración técnica de la inversión y lo remitirán al Comité Técnico de Evaluación.
Dicho Comité procederá a valorar las solicitudes presentadas y el Director General elevará una propuesta de aprobación o denegación de las ayudas al titular de la Consejería competente en materia de agricultura, quien resolverá mediante Orden motivada.
Puedes realizar este trámite sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Calendario de actuaciones
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28/03/2025Apertura de la tramitación del pago de las subvenciones
Se abre plazo de solicitud de pago de la subvención del 28 de marzo al 31 de diciembre de 2025.
Pulsa Tramitar para acceder al formulario en línea "Solicitud de pago (Anexo XIII)" a través de la opción Tramitar, así como a los anexos "Comunicación de finalización de las inversiones financiadas con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) (Anexo VII)" y "Justificación: Relación de facturas (Anexo XIV)".
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03/01/2024Se abre el plazo para la presentación de solicitudes de pago del 2 de enero de 2024 al 1 de marzo de 2025
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26/12/2023Resolución de convocatoria
Contra la siguiente resolución puedes presentar recurso de alzada del 27 de diciembre de 2023 al 26 de enero de 2024.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 06/07/2023 Fecha de fin: 07/08/2023
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentos de interés
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