Descripción
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ReferenciaA141
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Descripción
Ayudas para proyectos para el impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería:
Hay cuatro programas de ayudas para:
- Inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería
- Transformación integral y modernización de invernaderos
- Inversiones en eficiencia energética y energías renovables (biogás y biomasa agrícola)
- Aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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07/03/2023Resolución de la convocatoria. Se abre plazo de presentación de recurso de alzada del 7 de marzo al 7 de abril de 2023
Se declara desierta la convocatoria de dos programas: inversiones a la transformación integral y modernización de invernaderos y eficiencia energética y energías renovables (biogás y biomasa agrícola).
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10/02/2023Apertura de plazo de presentación de solicitudes de pago. Se abre plazo para Justificación de la subvención del 10 de febrero al 29 de diciembre de 2023
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 30/04/2022 Fecha de fin: 30/05/2022
Destinatarios
Personas físicas y jurídicas que cumplan los requisitos, según cada programa de ayudas.
Requisitos
Programa 1: Inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería:
- Personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública o privada, que sean titulares de explotaciones ganaderas siempre que tengan la consideración de PYMES.
- Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente, que integren, un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de PYMES.
- Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que las actuaciones se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones ganaderas concretas que tengan la consideración de PYMES, cuyos titulares habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.
- Centros gestores de estiércoles siempre que tengan la consideración de PYMES.
Programa 2: Transformación integral y modernización de invernaderos
- Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, productoras de hortalizas o flor cortada o planta ornamental bajo invernadero, que sean titulares de una explotación agrícola.
- Cuando se trate de inversiones colectivas, personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, que integren un mínimo de cinco titulares de explotación y cualquier organización de productores de frutas y hortalizas, cooperativa o sociedad agraria de transformación reconocida por la autoridad competente cuyos miembros son titulares de una explotación agraria de producción de hortalizas o flor cortada o planta ornamental bajo invernadero.
- No podrán ser beneficiarios últimos de estas ayudas los titulares de explotaciones que deseen llevar a cabo la construcción de un invernadero ex novo, si bien se podrá destruir un invernadero situado en una ubicación y levantar uno nuevo en otra ubicación, pero siempre dentro de la misma explotación lo cual deberá acreditarse mediante la inclusión en la memoria descriptiva del proyecto de la localización SIGPAC presente y futura del invernadero.
Programa 3: Inversiones en eficiencia energética y energías renovables (biogás y biomasa agrícola)
- Personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública o privada, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera.
- Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, que integren un mínimo de cinco titulares de explotación y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente cuyos miembros sean titulares de una explotación agrícola o ganadera.
- Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que las actuaciones se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones agrícolas y ganaderas concretas, que habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.
Programa 4: Aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0
- Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, que sean titulares de explotaciones ganaderas y/o agrícolas siempre que tenga la consideración de PYMES.
- Personas físicas o jurídicas que presten servicios agrarios, entendiendo por tales quienes desarrollen actividades económicas inscritas en el epígrafe 911, en el 912 o en el 851 en el Impuesto de Actividades Económicas siempre que tenga la consideración de PYMES.
- Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre que integren un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de PYMES y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente cuyos miembros sean titulares de una explotación agrícola y/o ganadera.
- Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que los proyectos de inversión se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones concretas que tengan la consideración de PYMES, cuyos titulares habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- En su caso, documentación válida en derecho que acredite de manera fidedigna la representación legal, frente a terceros.
- Documentación acreditativa de ser titular de una explotación (en caso de SAT, cooperativas… el cumplimiento de esta condición de cada socio).
- Memoria descriptiva del proyecto de inversión.
- Ofertas, bases de precios o facturas proforma que acrediten el presupuesto de ejecución de la inversión.
- En su caso, códigos REGA y/o REGEPA.
- En su caso, acreditación de la inscripción en el Registro de Titularidad Compartida.
- En su caso, acreditación de ser joven agricultor.
- En su caso, acreditación de ser entidad asociativa prioritaria.
- Contratos de trabajo y altas en la Seguridad Social a efectos de acreditar el requisito de mantenimiento/creación de empleo.
- Documento u oferta vinculante contractual de los costes de diseño, redacción y dirección del proyecto.
- En su caso, resolución de calificación urbanística.
- Licencia urbanística municipal.
- En su caso acreditación de la concesión de agua.
- En su caso, Evaluación de impacto ambiental.
- Otras autorizaciones, licencias o concesiones necesarias para que la obra se ejecute conforme a la estricta legalidad.
- Consentimiento de los titulares de las explotaciones beneficiarias de la actuación cuando el solicitante sea un Consorcio u otra forma de colaboración público-privada.
- Declaración responsable, relativa a la aceptación de la cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR. (Anexo II)
- Declaración responsable, cumplimentada en el modelo incorporado como anexo III, relativa al principio de no causar un daño significativo al medioambiente (DNSH: Do No Significant Harm), y su normativa de aplicación, en particular, los Reglamentos (UE) 2021/241 y 2020/852.
- Declaración responsable, relativa al cumplimiento de los principios transversales establecidos en PRTR, a la adopción de medidas eficaces y proporcionadas para evitar el fraude, la corrupción, el conflicto de intereses y la doble financiación.(Anexo IV)
- Declaración responsable, relativa a la ausencia de conflicto de intereses (DACI). (Anexo V)
- Declaración responsable relativa al cumplimiento del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. (Anexo VI)
- Declaración responsable, relativa a los compromisos generales que asume el beneficiario. (Anexo VIII)
Adicionalmente, para el Programa 1:
- Documentación acreditativa de ser PYME.
- En caso de inversiones colectivas: Listado de socios o acuerdos o pactos para la realización de la inversión en el que conste la participación de, al menos, 5 titulares de explotaciones que tengan la consideración de PYMES.
Adicionalmente para el Programa 2:
- En caso de inversiones colectivas: Acuerdo o pacto para la realización de la inversión en el que se integren un mínimo de cinco titulares de explotación.
- Plano de localización del invernadero a derruir y del invernadero ex novo.
Adicionalmente para el Programa 3:
- En caso de inversiones colectivas: Acuerdo o pacto para la realización de la inversión en el que se integren un mínimo de cinco titulares de explotación.
- Documentación acreditativa de ser PYME.
- Plano de localización de la inversión (zonas asistidas).
- Proyecto o memoria técnica de diseño (según proceda para la actuación) que se haya aportado al órgano competente de la comunidad autónoma para la obtención del acta de puesta en servicio y/o Certificado de la instalación térmica (sustitución de calderas).
- Acreditación por parte del fabricante del equipo del cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones para el combustible que se vaya a utilizar (calderas de menos de 1 MW).
- Declaración responsable, relativa a los compromisos específicos del Programa 3 que asume el beneficiario. (Anexo IX)
Adicionalmente para el Programa 4:
- Documentación acreditativa de ser PYME.
- Declaración responsable relativa a los compromisos específicos del Programa 4 que asume el beneficiario.(Anexo X)
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE del solicitante/representante.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
- Acreditación en su caso de la inscripción en el Registro de Explotaciones Prioritarias
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
- Datos de renta
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Documentación de interés
Tramitación
Las ayudas se otorgarán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.
Para el estudio de los expedientes se podrá requerir información o documentación complementaria que se considere necesaria.
Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos, no aportara la totalidad de la documentación exigida, o existieran defectos en la documentación aportada, se requerirá al interesado para subsane los defectos a aporte la documentación.
Si en un plazo de diez días no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución expresa.
Una vez estudiado el expediente los técnicos de la Dirección General competente emitirán un informe acerca de la valoración técnica de la inversión y lo remitirán al Comité Técnico de Evaluación.
Dicho Comité procederá a valorar las solicitudes presentadas y el Director General elevará una propuesta de aprobación o denegación de las ayudas al titular de la Consejería competente en materia de agricultura, quien resolverá mediante Orden motivada.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Extracto de la Orden 1030/2022 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueba la convocatoria para la anualidad 2022, de las ayudas destinadas a proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y la competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation (C3.I4) (BOCM nº 101, de 29 de abril)
- Bases reguladoras (RD 948/2021)
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).