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Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Las ayudas se otorgarán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.

Para el estudio de los expedientes se podrá requerir información o documentación complementaria que se considere necesaria.

Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos, no aportara la totalidad de la documentación exigida, o existieran defectos en la documentación aportada, se requerirá al interesado para subsane los defectos a aporte la documentación.

Si en un plazo de diez días no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución expresa.

Una vez estudiado el expediente los técnicos de la Dirección General competente emitirán un informe acerca de la valoración técnica de la inversión y lo remitirán al Comité Técnico de Evaluación.

Dicho Comité procederá a valorar las solicitudes presentadas y el Director General elevará una propuesta de aprobación o denegación de las ayudas al titular de la Consejería competente en materia de agricultura, quien resolverá mediante Orden motivada.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Seis meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 38/2003, de 17 de noviembreGeneral de Subvenciones

Calendario de actuaciones

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Equipos de agricultura de precisión y requisitos mínimos (Anexo XI)
Descargar
126.08 KB
Zonas asistidas (Anexo XII)
Descargar
109.65 KB

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 04/03/2024
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