Descripción

  • Referencia
    82337
  • Descripción

    Subvenciones para fomentar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales, apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas de la economía social, mediante una mejora de su competitividad, facilitando su consolidación, y promover actividades de formación, fomento y difusión en el ámbito de la economía social, vinculadas directamente al fomento del empleo.

Requisitos

1. Las cooperativas y sociedades laborales para la actuación de incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo.
2. Las cooperativas con socios trabajadores o de trabajo y las sociedades laborales, para las actuaciones de realización de inversiones.
3. Las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales para las actuaciones de asistencia técnica.
4. Las organizaciones representativas de la economía social, las universidades así como las entidades sin ánimo de lucro para las actuaciones relacionadas con la formación, fomento y difusión de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo.
5. Las entidades asociativas de cooperativas y de sociedades laborales para las actuaciones de asistencia técnica que presten a un conjunto determinado de dichas sociedades.

Con carácter general las entidades beneficiarias deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.
b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
c) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
d) Desarrollar su actividad y realizar sus actuaciones en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”

Presentación de solicitudes


La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.  (
ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

   

Información Complementaria

Actuaciones subvencionables:
a) Incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.
b) Inversiones que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas y sociedades laborales.
c) Prestación de asistencia técnica.
d) Realización de actividades de formación, difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo.

Se podrá consular la cuantía de la subvención en el apartado Información relacionadaen el apartado de documentación.

Documentación de interés

Cuantía
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Tramitación

Calendario de actuaciones

29/10/2018 Subvenciones concedidas durante el tercer trimestre del 2018
Resolución de 4 de octubre de 2018 (BOCM nº 258, de 29 de octubre).
13/09/2018 Modificación de la resolución y del Anexo II. Apartado Tercero. a) Incorporación de Socios
(en el calendario).
16/08/2018 Resolución de la convocatoria
(en el calendario).

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General de Formación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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