Última actuación
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16/09/2024Revocación parcial de concesión de ayudas
Contra el siguiente acto puedes presentar recurso potestativo de reposición del 17 de septiembre al 16 de octubre de 2024.
Orden 1633/2024, de 6 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Deportistas madrileños.
Requisitos
- Estar inscrito en el padrón municipal de algún Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid, al menos, desde el 1 de enero de 2023.
- Disponer de licencia en vigor por alguna federación deportiva madrileña, al menos, desde el 1 de enero de 2023, con la que haya podido representar a la Comunidad de Madrid y a la Selección Española en el caso de que sea seleccionado, durante los años puntuables.
- No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva, calificada como grave o muy grave.
- No estar incursos en alguna de las causas contempladas en la normativa de subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable.
- Haber obtenido en el año 2023 alguno de los siguientes resultados:
- Ser medallista individual en Campeonato de España en el caso de deportes individuales.
- Ser medallista por equipos en el caso de los deportes de equipo.
- Estar entre los tres primeros del "ranking" nacional.
- Ser medallista en competición internacional de primer nivel.
- En el caso de que en la federación no exista "ranking" nacional, estar entre los tres primeros españoles en el respectivo "ranking" internacional.
Se considerará ranking aquel documento que contenga la clasificación de los deportistas de una modalidad deportiva, especialidad y/o prueba que establezca de manera única y oficial la respectiva entidad federativa u organismo legalmente reconocido.
- Declarar otras subvenciones, ayudas e ingresos, derivados directa o indirectamente del ejercicio de la actividad deportiva que haya obtenido en 2023, que podrán ser consultadas de oficio por la Administración. La declaración se incluye en el impreso de solicitud.
Requisitos de la documentación
- Certificado de empadronamiento: debe indicar expresamente la fecha de empadronamiento, debiendo comprender al menos todo el año subvencionable.
- Copia Pasaporte/Tarjeta de residente en vigor del solicitante: En el caso de los menores de edad, se adjuntará el del padre o el de la madre o el del tutor.
Documentación
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Certificado de empadronamiento al menos desde el 01/01/2023.
- Copia Pasaporte/Tarjeta de residente en vigor del solicitante.
- Certificado de la federación correspondiente según el impreso denominado “Certificado de la Federación”.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF/NIE.
- En el caso de actuar mediante representante NIF/NIE del representante.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Cuantía de las ayudas:
Deportes individuales:
- 1º De 6.000 euros.
- 2º De 4.000 euros.
- 3º De 2.000 euros.
- 4º De 1.000 euros.
Deportes de equipo:
- 1º De 3.000 euros.
- 2º De 1.000 euros.
El importe máximo de las ayudas asciende a 1.420.000.
Para dudas y consultas, puedes contactar a través del correo electrónico: ut.deportefederado@madrid.org
Normativa
- Extracto de la Orden 239/2024, de 8 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales (BOCM nº 44, de 21 de febrero).
- Orden 440/2024 de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se rectifica los errores materiales detectados en la Orden 239/2024, de 8 de febrero, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales.
- Orden 1659/2017, de 11 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 1853/2016, de 9 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales. BOCM 122, de 23 de mayo de 2017 (BOCM nº 121, de 23 de mayo).
- Orden 1853/2016, de 9 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales (BOCM nº 149, de 24 de junio).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre).
- Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid (BOE nº 119, de 19 de mayo).
- Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del deporte de la Comunidad de Madrid (BOE nº 85, de 10 de abril de 1995).
Órgano responsable
- Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Dirección General de Deportes
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Todas las notificaciones derivadas de las actuaciones de instrucción se realizarán a través de:
- El calendario de actuaciones de este trámite.
- El tablón de anuncios de la Dirección General de Deportes.
- La página web de la Comunidad de Madrid.
Mediante resolución del titular de la Dirección General de Deportes se hará pública la relación provisional de todas las solicitudes presentadas, admitidas y excluidas, con expresión de la causa de exclusión y la necesidad de subsanación en el plazo de diez días hábiles desde el siguiente a la publicación. En caso de no subsanación se le tendrá por desistido de la solicitud.
Transcurridos los plazos anteriores, mediante resolución del titular de la Dirección General de Deportes se hará pública la relación definitiva de admitidos en la convocatoria haciendo constar en su caso, de manera expresa, la inadmisión del resto de solicitudes.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 22/02/2024 Fecha de fin: 13/03/2024
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud