Descripción

  • Referencia
    75088
  • Descripción

    Ayudas al control oficial del rendimiento lechero en ganado bovino, ovino y caprino, cuya finalidad es la valoración genética de los reproductores a través de los esquemas de selección aprobados para las diferentes razas.

Calendario de actuaciones

Requisitos

1. Centros autonómicos de control lechero de la Comunidad de Madrid.

Requistos de las explotaciones:

1.  Figurar en el Registro de explotaciones y disponer del correspondiente código de explotación.

2. Participar en los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales.

3. Disponer de instalaciones adecuadas para realizar ordeño mecánico, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria primera.

Requisitos de las lactaciones:

Para que las lactaciones puedan figurar en las certificaciones genealógicas y a los efectos de la valoración genética de reproductores establecida en los distintos esquemas de selección oficialmente aprobados, será necesario que las hembras sometidas a control lechero oficial cumplan lo dispuesto en la reglamentación específica establecida en los anexos I, II, III y IV (Ver Real Decreto 368/2005, de 8 de abril)

Documentación a presentar

1. Solicitud ((Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud))
2. Se podrá consultar la documentación a presentar en el apartado Información relacionada (Botón de Tramitar al principio de esta ficha)

Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  4. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Documentación de interés

Documentación
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Tramitación

Calendario de actuaciones:

10/03/2017 Subvenciones concedidas durante el cuarto trimestre del año 2016
Resolución de 23 de febrero de 2017 (BOCM nº 59, de 10 de marzo)

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura
D. G. de Agricultura Ganadería y Alimentación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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