• Pendiente apertura plazo

  • En plazo

    En plazo

  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    87544
  • Descripción

    Ayudas cuyo objeto es la incorporación de personas jóvenes, mayores de dieciséis años y menores de treinta años, no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación para que puedan recibir una oferta de empleo y así fortalecer los equipos de investigación que desarrollan su trabajo en las áreas de interés estratégico para la Comunidad de Madrid.

Calendario de actuaciones

Requisitos

Universidades, hospitales públicos de la red hospitalaria de Madrid, organismos públicos de investigación y fundaciones dedicadas a la investigación con sede en la Comunidad de Madrid, que deseen contratar investigadores predoctorales e investigadores posdoctorales que apoyen y fortalezcan a los grupos de investigación en los que se incorporen.

Documentación a presentar

1. La cumplimentación de solicitudes se realizará telemáticamente a través de la aplicación Quadrivium en el siguiente enlace: https://gestiona3.madrid.org/quadrivium/convocatorias/
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.

Presentación de solicitudes

La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
(ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

   

Información Complementaria

 

Criterios de evaluaciónLos criterios que se tendrán en cuenta para la evaluación y selección de las ayudas para los puestos de trabajo propuestos serán los siguientes:
1. Calidad de la propuesta de trabajo (30 puntos).
2. Medios disponibles (30 puntos).
3. Prolongación de la contratación durante un período adicional al que sea objeto de subvención (20 puntos).
4. Actividades de formación y capacitación propuestas (20 puntos).
5. Interés del puesto de trabajo propuesto (10 puntos).
6. Evaluación y seguimiento del contratado (10 puntos).
Todas las puntuaciones indicadas en cada criterio son puntuaciones máximas. Solo serán propuestas para financiación las solicitudes que tengan una puntuación igual o superior a 60 puntos.

Cuantía y duración de las ayudas
El presupuesto destinado a financiar la presente convocatoria asciende a 8.000.000 de euros.
El período subvencionable es de un año.
La Comunidad de Madrid aportará las siguientes cantidades durante el primer año de contrato, incluida la Seguridad Social de la empresa:
a) 25.000 euros para los contratos de investigadores predoctorales.
b) 35.000 euros para los contratos de investigadores postdoctorales.
El número de contratos a subvencionar serán 257 para investigadores predoctorales y 45 para investigadores postdoctorales.

 

Documentación de interés

Tramitación

Calendario de actuaciones:

 

03/12/2019 Resolución de la convocatoria
Orden 21/2019, de 21 de noviembre (BOCM nº 287, de 3 de diciembre)

 

 

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar