Descripción
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ReferenciaA92
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Descripción
Ayudas dirigidas al comercio ambulante de la Comunidad de Madrid para la modernización e innovación de su actividad comercial y procesos de negocio, contribuyendo de esta forma a la mejora de la competitividad del sector de venta ambulante.
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Más información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 01/02/2022 Fecha de fin: 21/02/2022
Destinatarios
- Pequeñas empresas
- Empresarios individuales
- Socios trabajadores de cooperativas de venta ambulante que ejerzan la actividad de venta ambulante por cuenta propia, y siempre y cuando las inversiones para las que se solicita la ayuda sean realizadas y financiadas por el socio cooperativista y no por la cooperativa a la que pertenece.
Requisitos
- Que estén establecidos en cualquier Estado miembro del Espacio Económico Europeo y desarrollen su actividad de comercio ambulante en, al menos, dos municipios de la Comunidad de Madrid o en al menos dos distritos del municipio de Madrid.
- Que ocupen a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supere los 10.000.000 de euros.
- Que su actividad comercial se incluya en el epígrafe 663 del Impuesto de Actividades Económicas,
- Que se encuentre en posesión del carné de vendedor ambulante expedido por la Comunidad de Madrid y cuente con las autorizaciones necesarias para el ejercicio de la actividad de venta ambulante.
- Que no estén incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Anexo II (Detalle del proyecto) cumplimentado y firmado por la persona interesada o por el representante legal de la Entidad.
- Anexo III (Declaraciones Responsables) cumplimentado y firmado por la persona interesada o por el representante legal de la Entidad.
- En el caso de las personas jurídicas, poder de representación de la persona que suscribe la solicitud en nombre de la entidad.
- En el caso de personas físicas que actúen por medio de representante, la correspondiente representación o poder
- Impuesto de Sociedades del último ejercicio liquidado, excepto empresas de nueva creación, que deberán presentar, en su caso, estimación de los beneficios previstos para el ejercicio en el que se solicita la subvención.
- En caso de que el solicitante cuente con empleados por cuenta ajena deberá presentar Informe de trabajadores en alta de la Seguridad Social (ITA).
- Memoria económica del proyecto a realizar, detallando los elementos de inversión que lo componen, su ubicación y su coste a través del correspondiente presupuesto o factura.
- Presupuesto de adquisición, facturas proforma o facturas en firme respecto de todos los elementos de inversión previstos.
- Justificante del pago del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, salvo que el solicitante esté exento de dicho pago. Si la exención no consta en el certificado de situación en el censo de actividades económicas emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, deberá presentar declaración responsable de dicha exención.
- En el caso de socios trabajadores de Cooperativa Ambulante, Certificado acreditativo de su condición de socio trabajador de la misma.
- En caso de trabajadores autónomos, recibo del pago de la cuota del régimen especial de autónomos del último mes anterior a la convocatoria.
- En el caso de socios trabajadores de cooperativas de venta ambulante, recibo del pago de la cuota del régimen especial de autónomos emitido a nombre del solicitante o de la cooperativa a la que pertenece junto con la resolución de reconocimiento de alta en el régimen de trabajadores por cuenta propia o autónomo solicitada por la Cooperativa a nombre del solicitante
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- Tarjeta de identificación fiscal de la entidad o DNI/NIE del solicitante.
- DNI/NIE de la persona que suscribe la solicitud en representación de la Entidad.
- Carnet de vendedor ambulante expedido por la Comunidad de Madrid.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
El certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid se solicitará de oficio por el órgano gestor.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Extracto de la Orden de 15 de diciembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas al comercio ambulante de la Comunidad de Madrid para el año 2022 (BOCM nº 25, de 31 de enero).
- Orden de 12 de mayo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la se aprueban las bases reguladoras de subvenciones en materia de concesión de ayudas al comercio ambulante de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 122, de 24 de mayo).
Órgano Responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).