Descripción
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ReferenciaA390
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Descripción
Ayudas para apoyar a las asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes que desarrollen su actividad comercial en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con el objetivo de contribuir al desarrollo de actividades de promoción comercial.
La concesión de las subvenciones será de concurrencia competitiva.
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Más información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 08/06/2023 Fecha de fin: 07/07/2023
Destinatarios
Asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes que desarrollen su actividad comercial en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Que mayoritariamente, entendiendo por tal al menos la mitad más uno, agrupen a socios cuya actividad se encuadre dentro de las agrupaciones 64 (comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas, tabacos, realizado en establecimientos permanentes); 65 (comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimiento permanente); y 66 (comercio mixto integrado al por menor fuera del establecimiento comercial permanente) del Impuesto de Actividades Económicas.
En el caso de asociaciones, federaciones y confederaciones multisectoriales, entendiéndose por tales todas aquéllas que agrupen diversos sectores profesionales, el sector del comercio deberá representar al menos un 30% del total de las personas físicas y jurídicas representadas en dicha asociación. - Que desarrollen actuaciones de promoción comercial, con la finalidad de promover la apertura y revitalización de los establecimientos comerciales asociados, de aprovechar las sinergias entre el comercio y el turismo, así como otras actuaciones similares con los diversos sectores de actividad.
- Que el número de establecimientos comerciales participantes, esto es, puntos de venta, sea como mínimo de quince, siendo requisito imprescindible que todos y cada uno de ellos tenga el domicilio de su actividad en la Comunidad de Madrid.
- Que la asociación, federación o confederación en cuestión, desarrolle su actividad y tenga sede social en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
No podrán tener la condición de beneficiarios las asociaciones, federaciones y confederaciones en las que concurra alguna de las circunstancias incluidas en la normativa de subvenciones. - Estar al corriente del pago de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Hacienda de la Comunidad de Madrid, así como con la Seguridad Social.
- Los beneficiarios están sujetos a las obligaciones que establece la normativa en subvenciones.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Estatutos de la Entidad solicitante (Art.9.6.a).
- Documento acreditativo de la inscripción o, en su caso, solicitud de inscripción para asociaciones, federaciones o confederaciones de nueva constitución, en el registro correspondiente.(Art.9.6.a)
- Certificación del acuerdo, o copia del mismo, de los órganos competentes de la asociación, federación o confederación por el que se decide solicitar la ayuda.(Art.9.6.b)
- Certificado acreditativo del número de socios de la entidad solicitante, con identificación de los mismos y de la actividad a la que se dedican, incorporando listado nominativo de los mismos y de la actividad a la que se dedican (detalle de IAE) (Art.9.6.c)
- Declaraciones Responsables (Anexo II) (Art.9.6, d., e., f., y g.)
- Certificado acreditativo de la capacidad de financiación del proyecto.(Art.9.6.h.
- Memoria descriptiva y justificativa de la actuación subvencionada (Art.9.6.i.)
- Índice detallado de los textos a incluir en folletos y/o material promocional (Art.9.6.j.)
- Presupuesto desglosado de los gastos derivados de la actuación objeto del proyecto (Art.9.6.k)
- En su caso, presupuesto desglosado de los ingresos derivados de la actuación objeto del proyecto (Art.9.6.l.)
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.(Art. 9.6.m.).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado.(Art. 9.6.m.).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Correo electrónico para información y consultas: promocioncomercio@madrid.org
Tramitación
- Finalizado el plazo de presentación, las solicitudes serán valoradas por la Dirección General competente en materia de Comercio.
- La Comisión de Evaluación informará la totalidad de los expedientes y la persona titular de la Dirección General competente en materia de comercio elevará la propuesta técnica de resolución al titular de la Consejería responsable en materia de Comercio.
- El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Extracto de la Orden de 26 de mayo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas para el año 2023 dirigidas a asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial (BOCM nº 134, de 7 de junio)
- Orden de 26 de mayo de 2023 del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas para el año 2023 dirigidas a asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial
- Orden de 3 de mayo de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras en materia de concesión de ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial (BOCM nº 115 de 16 de mayo)
Órgano Responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).