Personas físicas o jurídicas privadas, titulares de empresas privadas cuyo objeto sea la realización de actividades de artes escénicas, ocupe menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o balance general no supere los 10 millones de euros.
Tener su residencia fiscal en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
No podrán tener la condición de beneficiario las entidades sin ánimo de lucro, ni las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
Producción de una obra teatral, incluyendo su estreno.
Producción de una obra coreográfica, incluyendo su estreno.
Programación de salas de teatro de Madrid, cuyo aforo no exceda de 200 localidades y realicen un mínimo de 100 representaciones en el período subvencionable.
Período subvencionable:
Producción de una obra de teatro o coreográfica: desde el 1 de octubre de 2018 al 30 de noviembre de 2019. Las obras deberán estrenarse en representación pública entre el 1 de diciembre de 2018 y 30 de noviembre de 2019.
Programación de salas de teatro: Desde el 1 de diciembre de 2018 al 30 de noviembre de 2019.
Plazo máximo de justificación:
Para todas las modalidades: hasta el 2 de diciembre de 2019.
Se podrán consultar los Criterios de valoración en el apartado "Documentación de interés".
Normativa
Orden 332/2020, de 2 de junio, por la que se amplía el plazo previsto en el artículo 14.1 de la Orden 1982/2019, de 27 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza en 2019 (BOCM nº 156, de 29 de junio)
Extracto de la Orden 1982/2018, de 27 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza en 2019 (BOCM nº 27, de 1 de febrero).
Orden 1423/2016, de 18 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza (BOCM nº 107, de 6 de mayo).
Órgano responsable
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Promoción Cultural
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
Métodos de pago
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
Presenta la solicitud
Pasos para presentar la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Si eliges presentación presencial:
Pulsa "Imprimir" el formulario relleno y fírmalo.
Preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.